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Bienes Personales: el Gobierno espera que entren al país hasta u$s3.500 millones

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el decreto 116 que define en qué podrá ser invertido el 5% de los activos repatriados
31/01/2020 - 06:52hs
Bienes Personales: el Gobierno espera que entren al país hasta u$s3.500 millones

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el decreto 116 que define en qué podrá ser invertido el 5% de los activos repatriados, para obtener la ventaja que implica pagar menos Bienes Personales.

Fuentes del Ministerio de Economía señalaron que hay en el exterior activos declarados por u$s70.000 millones, por los que los contribuyentes argentinos pagan el impuesto.

El 5% de este número es u$s3.500 millones, que es el máximo al que aspira la gestión de Martín Guzmán. 

De acuerdo con lo estipulado con la reglamentación de la Ley de Solidaridad y Reactivación Económica, publicada el 28 de diciembre mediante el decreto 99, quienes tienen activos en el exterior pagarán una alícuota fija que va desde 0,7% hasta 2,25%, si el valor total supera los $18 millones, equivalentes hoy a u$s300.000.

Eso se suma a lo que el contribuyente debe pagar por los bienes en el país, según la tabla local. Pero lo que también plantea esa reglamentación es que si la persona decide repatriar el 5% de los activos que tiene fuera del país, paga por todos los bienes la alícuota local. Es decir que si paga la cuota máxima, pasará a abonar 1,25% si trae los fondos.

Ese primer decreto reglamentario estableció que para acceder al beneficio de reducción de la alícuota de Bienes Personales, el contribuyente tenía que ingresar esos fondos hasta el 31 de marzo y mantenerlos hasta el 31 de diciembre.

Pero no aclaraba si ese dinero iba a poder ser invertido o no, lo cual generó una fuerte incertidumbre y hasta recomendaciones por parte de los tributaristas de no ingresar esos dólares al país.

La norma publicada hoy aclara que podrán ser utilizados en diversos instrumentos de inversión, ya que "el objetivo es que puedan ser canalizados en la actividad productiva y que, a su vez, le genere algún tipo de rentabilidad al contribuyente", dijeron las fuentes de Economía. Las opciones son las siguientes:

- Mantener los dólares en una caja de ahorro o en un plazo fijo en dólares. En este caso, deben mantenerlos hasta fin de año para mantener el beneficio de pagar menos Bienes Personales.

- Venderlos en el mercado único y libre de cambios a través de la entidad financiera que recibió la transferencia desde el exterior y gastar esos pesos o invertirlos en títulos en pesos. Si se realiza una inversión, también debe mantener el compromiso de tenerla hasta el 31 de diciembre.

- La adquisición de certificados de participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE). En este caso, la inversión deberá mantenerse bajo la titularidad del contribuyente hasta el 31 de diciembre y los fondos deben provenir de la misma cuenta que recibió la transferencia original desde el exterior.

- La suscripción o adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión (FCI), caso en el cual también debe mantenerse la inversión hasta fin de año. Respecto de esta opción, las fuentes de Economía aseguraron que la Comisión Nacional de Valores (CNV) está trabajando en una reglamentación que establezca cuáles son los requisitos que deben reunir los FCI para que puedan ser usados por los contribuyentes. Según dijeron en Economía, el objetivo será que se trate de fondos cuyos activos estén asociados a la actividad productiva.

"despeja dudas porque el contribuyente tiene más de una opción y con la que tenía antes quedaba expuesto a recuerdos del pasado respecto del plan Bonex o de la pesificación de los depósitos en dólares".

"Ahora hay dos opciones interesantes, que son la del fideicomiso del BICE y la de los Fondos Comunes de Inversión, que creo que son las que va a usar la mayoría de los que quieren repatriar", agregó Litvin.