Se suspende el Consenso Fiscal: mayor carga impositiva para productores del agro
El 17/12/2019 el Poder Ejecutivo Nacional acordó con las Provincias una modificación al "Consenso Fiscal" firmado el 16/11/2017 entre el Estado Nacional, 22 provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y suspende, durante el año 2020, el esquema de imposición provincial pactado durante el año 2017 que establecía paulatinamente la disminución y posterior eliminación de diversos impuestos distorsivos sobre determinadas actividades productivas.
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Recordemos que, dentro de ese marco normativo, a finales del mes de diciembre de 2017, muchas Provincias adaptaron sus leyes impositivas a estas nuevas disposiciones introduciendo una reducción de alícuotas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) y Sellos (IS) para el periodo fiscal 2018 y años posteriores.
Sin embargo, con la reciente modificación, se firmó la suspensión -hasta el 31/12/2020- de las exenciones y el tope de alícuotas que establecía el Consenso Fiscal para cada actividad y período, quedando ahora a criterio de cada provincia el establecimiento de las mismas.
En lo relacionado con la actividad agropecuaria, el Consenso del 2017 preveía la exención del IIBB desde el 01/01/2020. La modificación de lo pactado originalmente generará un incremento de la carga fiscal para los productores que hasta hace unos días no estaba prevista respecto de un gravamen que resulta muy perjudicial para la cadena productiva dado que se aplica con efecto cascada, en toda la cadena de comercialización y sobre el monto total facturado, sin poder deducir gastos relacionados a la actividad.
Además, por la no aplicación de la exención originalmente prevista en el Consenso del 2017, los productores se verán perjudicados por los distintos regímenes de retención y percepción provinciales que, en muchas ocasiones y dadas las dificultades administrativas que genera su mal funcionamiento, provocan saldos a favor que no son fáciles de recuperar.
Respecto al Impuesto de Sellos, la adenda al Consenso Fiscal implica también la suspensión del acuerdo original de establecer una alícuota máxima del gravamen del 0,5% a partir del 01/01/2020, 0,25% 01/01/2021 y su eliminación a partir del 01/01/2022. Esto también producirá en la actividad costos adicionales a los inicialmente previstos. El restablecimiento del IIBB y IS sobre cualquier actividad productiva generará efectos adversos. Particularmente en el sector agropecuario, su restauración implicará, sin dudas, una mayor presión fiscal sobre el sector, que, sumado al reciente incremento de las retenciones a las exportaciones y las demoras en la devolución de IVA a los productores de granos, podría generar fuertes pérdidas de eficiencia sobre la actividad.
Marcela Crespo y Rodrigo Vendramin
Consultores Impositivos