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Ley de Solidaridad: cómo se reglamentó el dólar turista y qué gastos entran

A través del decreto 99/2019 publicado este sábado en el Boletín Oficial se reglamentó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva
28/12/2019 - 09:28hs
Ley de Solidaridad: cómo se reglamentó el dólar turista y qué gastos entran

A través del decreto 99/2019 publicado este sábado en el Boletín Oficial se reglamentó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

A continuación, el texto completo de la norma:

Se divide en lo siguientes capítulos:

- Seguridad Social

- Bienes Personales

- Impuesto País

- Tasa de estadística

- Derecho de exportación

Dólar "Solidario"

La norma establece que para el cambio de divisas para el pago de servicios en el exterior están alcanzadas por el impuesto PAIS, cualquiera sea el medio de pago con el que sean canceladas.

Quedan comprendidas en las adquisiciones de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo -mayoristas y/o minoristas-,del país, las adquisiciones cuando fueran canceladas en efectivo, en la medida en que para su cancelación deba accederse al mercado único y libre de cambios al efecto de la adquisición de las divisas correspondientes.

Quedan comprendidas las adquisiciones de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, contratados a través de empresas del país, cuando fueran canceladas en efectivo, en la medida en que para su cancelación deba accederse al mercado único y libre de cambios al efecto de la adquisición de las divisas correspondientes.

Se establece que cuando las operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS constituyan servicios incluidos en el inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3 de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, la alícuota prevista, será del 8%. Esto se refiere a servicios como Netflix y Spotify.

Se suspende el pago del impuesto para la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes.

Respecto a la entrada en vigencia, el decreto reglamentario establece que resultará de aplicación a partir de la entrada en vigencia de esa Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 87 de la Ley de Solidaridad Social y reactivación Productiva:

Artículo 87.- La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina

Dinero en el exterior

La norma establece que euedan exceptuados del pago del 2,25% de Bienes Personales, los sujetos que hubieren repatriado activos financieros al 31 de marzo de 2020, que representen, por lo menos un 5% del total del valor de los bienes situados en el exterior.

El beneficio se mantendrá en la medida que esos fondos permanezcan depositados hasta el 31 de diciembre, inclusive, del año calendario en que se hubiera verificado la repatriación, en entidades financieras, a nombre de su titular.

 

En caso de corresponder la devolución, ésta procederá hasta un monto equivalente al que exceda al incremento de la obligación que hubiera correspondido ingresar de haber tributado los activos del exterior a la escala progresiva del Impuesto sobre los Bienes Personales.