Inconstitucional y confiscatorio: expertos cuestionan un nuevo impuesto extraordinario a los latifundios
La diputada provincial santafesina del Frente Social y Popular, Mercedes Meier, ingresó a la agenda legislativa un proyecto de ley para aplicar un gravamen extra sobre el impuesto inmobiliario rural a las grandes extensiones rurales; lo que en resumen puede denominarse un impuesto extraordinario al latifundio.
La iniciativa propone que los dueños de ciertos campos tributen entre 30 y 40% más de inmobiliario rural. Las utilidades recaudadas por esta modificación tributaria debería constituir un fondo para "resolver falencias alimentarias de las familias santafesinas", dice el texto presentado.
El proyecto estipula que el impuesto extraordinario alcanzará a todos aquellos grandes propietarios de tierras rurales del territorio santafesino, sean personas físicas o jurídicas, que posean más de cierta cantidad de hectáreas, según la calidad de las tierras, y en el caso de que el contribuyente sea propietario de más de un inmueble, deberán sumarse las superficies y valuaciones aplicándose la tasa de acuerdo a los totales resultantes.
Conocida la iniciativa, César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados señaló que "el proyecto de Gravamen Extra sobre Inmuebles Rurales, resulta inoportuno en esta coyuntura del país. En efecto los impuestos provinciales en los últimos 20 años han aumentado en forma cuestionable, los contribuyentes llegaron a un límite de tolerancia para aceptar y pagar nuevos y mayores impuestos"
"Antes de aumentar la pesada carga fiscal, insoportable en la cantidad de tributos y en el sacrificio exigido a los bolsillos de los ciudadanos, es requisito previo y esencial, una política de austeridad de los gastos del Estado y una reformulación de todo el Sistema Tributario, contaminado por impuestos distorsivos y con una complejidad normativa inadmisible", aseguró el reconocido tributarista.
Respecto del nuevo impuesto proyectado para la Provincia de Santa Fe, sin lugar a dudas producirá un mayor costo en las explotaciones agropecuarias,un problema de competitividad respectos a otras provincias que no tiene esta mayor carga y a su vez una pérdida de capital para los titulares ,por efecto desvalorización de los inmuebles ,como consecuencia del incremento del gravamen.
"Es el momento de utilizar la política tributaria como herramienta para motivar inversiones que potencie la actividad económica, la creación del empleo y el aumento del consumo,el proyecto del aumento del impuesto inmobiliario rural va en el sentido opuesto", concluyó Litvin.
no debe concebirse al campo como el único agente económico que debe sostener la necesaria redistribución tributaria".
"Es importante recordar que el incentivo a efectuar la producción agropecuaria se encuentra vinculado al precio de los commodities que a su vez correlaciona con el precio del dólar. Si además del incremento de los derechos de exportación y el potencial tributo ecológico a la utilización de glisfosato, se le adiciona incrementos en los impuestos inmobiliarios provinciales, puede encausarse la producción hacia un monocultivo (soja) o, peor aún, que no se realice actividad económica alguna por el costo asociado a la misma", señalaron desde el Estudio.
"Si bien el campo es el principal generador de dólares genuinos en la economía argentina y, debe tributar conforme tal importancia, la carga tributaria total no debe ser tan grande que se vuelva confiscatoria", advirtieron desde R&A - Asesores Tributarios.
De manera categórica, Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados sentenció: "El impuesto al latifundio es una máscara que pretenden dar las provincias a un incremento al impuesto inmobiliario rural".
Este tipo de creaciones de impuestos deben ser analizadas siempre sobre el flujo de fondos que se están afectando y una vez identificados los mismos contrastarlos con la manifestación de capacidad contributiva que se está pretendiendo alcanzar; que en este caso es el patrimonio y/o el inmueble.
"En este caso, al ya existir un impuesto a la renta que alcanza los lucros obtenidos de esa tierra, estamos frente a una multiple imposición que en términos jurídicos es inconstitucional pero que en términos económicos puede ser confiscatorio", agregó.
La mera creación de múltiples denominaciones para cobrar a los contribuyentes por más que sea aprobada por ley puede tornarse en ilegítima cuando la misma no es armoniosa con la capacidad económica del contribuyente alcanzado. No importa la denominación, importa el hecho imponible y la capacidad de pago.
"Estamos en un momento en el que la creatividad tributaria puede generar graves atropellos de derechos; pues no existe capacidad margen libre para alcanzar sin caer en confiscatoriedad. En otras palabras, se agotó la capacidad contributiva", alertó Sasovsky.
En tanto, Carlos Roca, CEO de Croca Consultores, señaló que "medidas como éstas no hacen más que provocarle menos competitividad a uno de los sectores que es generador de riquezas y divisas para el país, ya castigado por las significativas retenciones a nivel nacional. De todas formas la mayor tributación sobre la tierra ya tiene otros antecedentes, como ser el alto gravamen Inmobiliario a los inmuebles rurales en la Provincia de Buenos Aires".
A continuación, el texto completo del proyecto provincial:
De acuerdo con el proyecto ingresado, estarán alcanzados aquellos propietarios que posean en:
Área 1 - Más de 800 has
Área 2 - Más de 500 has
Área 3 - Más de 1000 has
Área 4 - Más de 800 has
Área 5 - Más de 3.000 has
Área 6 este - Más de 1.500 has
Área 6 oeste - Más de 3.000 has
Área 7 - Más de 10.000 has
Área 8 - Más de 10.000 has