TRABA

Se complica el cobro de las asignaciones familiares de la ANSES

Se registraron múltiples reclamos por la falta de pago de las asignaciones. Desde la ANSES señalan que el empleador no pagó las cargas sociales
IMPUESTOS - 29 de Octubre, 2019

En los últimos días se registraron múltiples reclamos antes la ANSES por la falta de pago de las asignaciones familiares. La respuesta del organismo consiste en señalar que el empleador no pagó las cargas sociales.

Ahora bien, en mucho de esos casos los empleadores han pagado en tiempo y forma las cargas sociales (formulario 931), pero aún así figura una deuda en los sistemas de la AFIP.

"Esto es así, porque el fisco que se encarga de recaudar los aportes y contribuciones al SICOSS y envía la información a la ANSES, no adaptó sus sistemas con el beneficio del decreto 561/19, que permitía una devolución a cada empleado de hasta $2000 de los aportes al SIPA, en los meses de agosto y septiembre de este año", señala el consultor tributario Ignacio Barrios.

Y si bien la AFIP actualizó el aplicativo SICOSS para la detracción de dicho monto, no actualizó sus bases y registros para que no figurara como impago el aporte:

 

En la imágen, se puede ver que si bien figura como pago agosto y septiembre, aparecen dos columnas en amarillo, lo que indica un pago parcial.

Esto sucede al abrir los mencionado períodos:

 

En aportes jubilatorios el monto declarado es de $6.035,77 y el monto de depositado de $4.035.77, exactamente $2.000 menos, lo cual es correcto, porque son los $2.000 que se devolvieron al empleado.

Desde la ANSES responden que ellos toman la información que envía la AFIP, que es el ente recaudador.

Por el momento, sólo queda esperar que AFIP actualice sus reportes y lo informe a la ANSES, algo que sabemos llevará tiempo. Mientras tanto muchos trabajadores se han quedado sin cobrar sus asignaciones familiares.

En tanto desde la AFIP señalaron a iProfesional que el fisco nacional no interviene en el proceso de liquidación de las asignaciones familiares.

Que la exposición en la aplicación Aportes en Línea no está relacionada con las validaciones que efectúa el organismo que liquida las asignaciones familiares – ANSES.

Y que para la liquidación de los periodos corrientes es necesario que la obligación de presentar la DJ F931 esté cumplida al vencimiento. La norma vigente sólo exige que la obligación esté saldada cuando se trata de ajustes por periodos ya liquidados (Decreto 702/2018, artículo 6°).

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