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AFIP rebajó 50% los anticipos de Ganancias para empleados, monotributistas y autónomos

Subió el mínimo no imponible para salarios superiores a $45.962 en mano para solteros sin hijos y de $58.327, para casados con hijos. Detalles
16/08/2019 - 10:10hs
AFIP rebajó 50% los anticipos de Ganancias para empleados, monotributistas y autónomos

La AFIP oficializó este viernes la suba del mínimo no imponible y rebaja del 50% de anticipos del Impuesto a las Ganancias para todas las personas físicas (empleados en relación de dependencia, monotributistas y autónomos).

Además, amplió los planes permanentes de facilidades de pago.

Lo hizo a través de tres resoluciones generales publicadas en el Boletín Oficial, que que "beneficiarán a los empleados en relación de dependencia, los trabajadores autónomos, los jubilados y las pymes", según el ente recaudador.

Cómo impacta los cambios de Ganancias en los salarios

De acuerdo con lo dispuesto, las diferencias por la suba del mínimo no imponible del 20% que se generen a favor del contribuyente, se devolverán entre septiembre y octubre de este año.

Esa decisión forma parte de la resolución general 4546, que actualizó el mínimo no imponible y la deducción especial del impuesto a las Ganancias en un 20%, tal como había anticipado el presidente Mauricio Macri el miércoles último.

Esto equivale a que no sufren retenciones de Ganancias los empleados, solteros y sin hijos con un sueldos de hasta $45.962 en mano ($5.376 de salario bruto), ni los casados con dos hijos, con un sueldo neto será de hasta $58.327 ($70.274 bruto).

La AFIP explicó que del final del ejercicio fiscal (en marzo próximo), la medida necesitará la aprobación del Congreso.

Asimismo, aclaró que en esta resolución se determina que las diferencias que pudieran generarse a favor de los contribuyentes por la suba en el mínimo no imponible y en la deducción especial, se reintegrarán en dos cuotas iguales, en septiembre y octubre de este año.

Como se trata de un impuesto de cálculo anual, con retenciones o descuentos mensuales, un aumento del mínimo no imponible de Ganancias implica que algunos contribuyentes dejarán de pagar ese gravamen y otros pagarán menos. Y en otros casos, además, implica la devolución de lo que les estuvieron descontando hasta ahora y menores descuentos hasta fin de año.

"En septiembre tienen que retenerte por el nuevo mínimo, pero también tienen que aplicarlo desde enero hasta ahora. Hay ocho meses en los que quedó una plata a favor, una diferencia a favor del contribuyente. Por eso, la mayoría de los contribuyentes no va a pagar los próximos dos meses porque les quedó un crédito acumulado y se va a ir regularizando", había explicado el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli en declaraciones a radiales esta semana.

Los montos van a depender de cada salario. Desde la AFIP calculan que rondará unos $2.000 más por mes.

Esta modificación beneficiará a 1,9 millón de trabajadores activos y a 400 mil jubilados, según los cálculos oficiales.

Luego, la resolución general 4547 dispuso la deducción del 50% de los anticipos de Ganancias que deben pagar las personas físicas (incluidos los trabajadores autónomos) en lo que resta de este año (octubre y diciembre).

Plan de facilidades de pago para pymes

Por último, la resolución general 4548 habilitó la ampliación de los planes permanentes de facilidades de pago que permiten regularizar las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y las aduaneras.

En el caso de las pymes, los planes pasarán de 6 a 10 planes; el resto de los contribuyentes podrá acceder hasta tres planes.

Además, una de las claves de esta resolución es la suspensión del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) hasta el 31 de diciembre de este año.

"Esto permitirá que los contribuyentes accedan a la cantidad máxima de planes y a la menor tasa de interés disponible con independencia de su perfil de riesgo tributario", destacó el ente recaudador.

Al mismo tiempo, anticipó que en los próximos días se conocerán otras resoluciones, como la que contempla la extensión de 60 a 120 cuotas del plan de facilidades para cancelar deuda vencida y la que prevé la exención del pago del componente impositivo del monotributo del mes próximo, entre otras.

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