La UIF lanzó nueva regulación sobre lavado de dinero para tarjetas
La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció un nuevo marco regulatorio para cheques de viajero, y el sector de tarjetas de crédito y compra tanto bancarias como no bancarias.
La Resolución 76/2019 de la UIF busca adecuar a las normas del organismo internacional en materia de lavado de dinero las nuevas realidades especialmente en materia de emisión de tarjetas de crédito y de compra.La flamante norma define como sujetos obligados a los siguientes:
- Las empresas emisoras de cheques de viajero.
- Las entidades que actúan como operadores del sistema de tarjetas de crédito o compra, entendiendo a los fines de la presente que son operadores:
- Los emisores de tarjeta de crédito o compra.
- Los Adquirentes, Agregadores, Agrupadores y Facilitadores de Pagos.
- Los operadores de tarjetas prepagas, incluidas las tarjetas prepagas de regalo, recargables o no, que operan contra saldos acreditados previamente a su uso y sean destinados a la compra de bienes o servicios en establecimientos comerciales.
No serán considerados como sujetos obligados:
- Los operadores de la tarjeta que instrumenta el SUBE.
- Los operadores de tarjetas destinadas exclusivamente a la adquisición de bienes consumibles dentro del local comercial emisor de la tarjeta.
- Los operadores de tarjeta destinadas exclusivamente a la carga de combustibles y lubricantes.