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Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual: la AFIP fijo pautas para el pago

Se realizará por Transferencia Bancaria Internacional, hasta la hora argentina 24 del día 20, inclusive, del mes inmediato siguiente
26/06/2019 - 12:02hs
Impuesto a los Servicios de Comunicación Audiovisual: la AFIP fijo pautas para el pago

Los titulares registrales de señales extranjeras inscriptas en el Registro Público de Señales y Productoras (RPSP), que no tengan sede, sucursal o filial en la República Argentina, con el objeto de cumplir con el ingreso de los gravámenes establecidos, deberán observar las siguientes formas, plazos y procedimientos.

Ingreso del gravamen

Se realizará por Transferencia Bancaria Internacional (TBI) en dólares estadounidenses o en euros, hasta la hora argentina 24 del día 20, inclusive, del mes inmediato siguiente al del período mensual liquidado.

Deberá tenerse en cuenta el importe a transferir se determinará considerando el tipo de cambio vendedor divisa vigente al cierre del día hábil cambiario inmediato anterior al que se efectúe el pago.

La orden de transferencia deberá confeccionarse con los siguientes datos:

- Importe de la transferencia en moneda extranjera.

- Tipo de moneda.

- País de procedencia de la transferencia.

- Identificación del ordenante en su banco del exterior (el contribuyente o un tercero)

- Entidad receptora de los fondos (entidad bancaria recaudadora de AFIP).

- Código Swift de la entidad receptora de los fondos

-Número de cuenta de la entidad bancaria

- Denominación de la cuenta de la entidad bancaria

- Clave de Identificación (CDI) del titular registral de señales extranjeras

- Código de Impuesto-Concepto-Subconcepto: 315-785-785

- Entidad corresponsal/intermediaria (dato no obligatorio)

- Código Swift de la entidad corresponsal/intermediaria, en caso de corresponder.