La AFIP oficializó los valores mensuales que deberán cancelar los trabajadores autónomos desde este mes
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos importes a ingresar mensualmente por los trabajadores autónomos con destino al régimen de la seguridad social, en este caso a partir del devengado marzo/2019.
Recordamos que, desde el año pasado, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales, señala el consultor Marcos Felice.
La Resolución 4/2019 de la Secretaría de Seguridad Social fijó en el 11,83% el índice de movilidad de las jubilaciones para el mes de marzo.
Inspecciones de la AFIP: cuál es el límite del deber de colaboración de los contribuyentes
Los nuevos importes son los correspondientes al devengado marzo con vencimiento en el mes de abril y estarán vigentes hasta el mes de mayo con vencimiento en junio.