• 25/11/2024

El régimen para salir del Monotributo permitirá descontar cónyuge e hijos

Se buscará dar mayor progresividad al sistema para que empresas de menor tamaño paguen una alícuota de Impuesto a las Ganancias menor
28/02/2019 - 07:03hs
El régimen para salir del Monotributo permitirá descontar cónyuge e hijos

El Gobierno impulsará un esquema puente entre el Monotributo y el Régimen General de IVA, Ganancias y jubilación de autónomos, para hacer menos traumático el pase de una a otra categoría de tributación.

El nuevo sistema buscará dar mayor progresividad para que empresas de menor tamaño paguen una alícuota de Impuesto a las Ganancias menor, señala El Cronista.

También propondrá la modificación en la cuota de monto fijo que pagan los monotributistas a porcentaje variable cuando salen del Régimen Simplificado al General.

Asimismo, contempla un crédito de IVA al principio, para amortiguar el traspaso al Régimen General.

Se establece un bloqueo Fiscal que impida a la AFIP mirar hacia atrás si el monotributista estuvo bien categorizado y facturado correctamente, tras habilitar un blanqueo de los últimos 5 años.

A su vez, se sumará al mínimo no imponible, la deducción de autónomos, por cónyuge y por hijos, un componente deducible por ser pyme que podría ser una cifra igual a la del mínimo no imponible.

También se apunta a lograr la unificación de presentaciones y pagos de declaraciones juradas con las provincias.

En el caso de las empresas, se establece una alícuota diferencial del Impuesto a las Ganancias para las pymes y pago en cabeza de socios de micro y pequeñas empresas. También serán incluidas en el bloqueo fiscal por 5 años las compañías.

Se prevé la unificación de presentaciones y pagos de declaraciones juradas con provincias y declaraciones juradas asistidas o pro forma, que permite al contribuyente saber qué le reclama la AFIP, pagarlo y despreocuparse. También se impulsará la Cuenta Única Tributaria PyME con la posibilidad de comercializar saldos a favor de todo tipo.

Se buscará utilizar saldos a favor por obligaciones aduaneras (reembolsos y reintegros de exportaciones), así como saldos a favor de obligaciones previsionales. Y el traspaso a terceros, señala el matutino.

Temas relacionados