Biocombustibles, una vía para captar inversiones
El 15 de mayo último se publicó en el Boletín Oficial la ley 26.093, cuyo título central reza "Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentable de biocombustibles".
Con esta norma se cristaliza un viejo proyecto que nació en nuestro país a partir de la enorme capacidad generadora del sector agroindustrial, en particular en los meses posteriores a la crisis del 2001, algo equiparable al régimen de alconafta que rige en Brasil, a partir de la producción azucarera superavitaria.
De esta manera, y al compás de la tónica de activa participación del sector público en la economía, tenemos una nueva herramienta para canalizar inversiones con beneficios fiscales e incentivos.
Al igual que con la Ley de Promoción de Inversiones en Bienes de Capital y Obras de Infraestructura, la malla antigranizo y la Ley del Software, el Estado aporta lo suyo en la materia, indicando que a través del cupo fiscal a otorgarse cada año se promoverá el desarrollo de la actividad a través de la autoridad de aplicación y de los sistemas de administración de la materia.
No obstante, en este régimen el avance es mayor, porque será el mismo Estado quien fijará los precios del biocombustible y que los refinadores deberán adquirir para la "mezcla" con combustibles fósiles a partir del 2010, mezcla que será obligatoria en un porcentaje ya definido en la norma.
La crisis energética (en particular la de generación y exploración de nuevas fuentes de energía) es motivo más que suficiente para comprender esta iniciativa.
Todo aquello que el Gobierno pueda hacer en la materia será, en la coyuntura, siempre mínimo, debido a que la actividad económica sigue aumentando a tasas de las economías asiáticas y las fuentes de aprovisionamiento son escasas o tecnológicamente desactualizadas. O sea, que sin infraestructura sustentable es poco cuanto puede hacerse para satisfacer la mayor demanda.
La ley dice que a partir del 2010 será obligatorio que todo combustible fósil sea mezclado con por lo menos 5% de biodiésel o bioetanol. A partir de aquí se postula integrar los sectores petrolero y la agro-industria.
Le damos la bienvenida y esperamos que la iniciativa logre los objetivos que el "espíritu del legislador" ha planteado en ella, mucho más, teniendo en cuenta que la norma prevé un horizonte de tiempo poco usual para nuestro país.
Los beneficios promocionales
La ley permite a los inversionistas en proyectos de radicación de biocombustibles (por ahora únicamente en sus especies bioetanol y biodiésel) aplicar los beneficios de la Ley de Promoción de Inversiones en cuanto al IVA que afecte la adquisición de bienes de capital u obras de infraestructura, la no integración de dichos bienes a la base imponible del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y la exclusión de las tasas de infraestructura hídrica, Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y Gas Natural (ley 23.966), Impuesto sobre la Transferencia o Importación de Gasoil (ley 26.028).
- Los beneficios se extenderán durante el plazo de vigencia de los proyectos de radicación (quince años más una prórroga de cuatro que el Poder Ejecutivo podrá declarar a partir de la puesta en marcha del régimen de "mezcla").
- Pyme y economías regionales son dos aspectos centrales a considerar para la asignación de los cupos y del criterio que ponderará la autoridad de aplicación.
- El Gobierno nacional dará los cupos y subsidios a otorgar, sobre los impuestos afectados que son masa coparticipable.
BISCARDI & ASOCIADOS ESPECIAL PARA INFOBAE