Ganancias: la AFIP ajusta las declaraciones juradas anuales de precios de transferencias
De acuerdo con lo establecido por la resolución general 4338/18 (AFIP), a partir del período fiscal 2018 sólo están permitidas las presentaciones anuales del F.741.
Por lo tanto, quienes hayan realizado la presentación correspondiente al primer semestre con anterioridad a la publicación de la mencionada Resolución General, deberán presentar nuevamente el F.741, incluyendo todas las operaciones del período fiscal 2018, consignando en el aplicativo la opción “Anual”.
La opción de presentación del F.741 semestral ya no se encuentra habilitada. Por otro lado, con respecto al F.742 del período fiscal mencionado, ya no se encuentra habilitada su presentación.
"Asimismo destacamos y aclaramos que no va a ser posible presentar rectificativas de los formularios F.741 y F.742, presentados antes de la entrada en vigencia de la normativa", señalan desde la AFIP.