Ganancias: estas son las nuevas tablas del impuesto
A partir del primer día hábil de enero, las empresas tendrán que utilizar las nuevas tablas de las deducciones personales para pagar los sueldos. Entre esto se incluye mínimo no imponible, deducción especial y cargas de familia. Y también las escalas de las alícuotas para determinar el Impuesto a las Ganancias que tendrá que retener a sus empleados.Los importes se incrementaron un 28,29%, con relación a los valores que rigieron este año, de acuerdo a la variación del coeficiente RIPTE (promedio de remuneraciones) entre octubre de 2017 al mismo mes de este año, difundido por el Ministerio de Trabajo, según informa Clarín.
Hasta el momento, los trabajadores que abonan Ganancias son los que superaban mensualmente los 29.855 pesos si son solteros; los 34.655 pesos si son casados con un hijo y los 39.495 pesos los casados con dos hijos.Al incorporarse la actualización, siguiendo el mismo orden, los sueldos de bolsillo a partir de los cuales se pagará el año que viene el impuesto llegarán a 38.301 pesos, 44.459 pesos y 50.668 pesos, respectivamente.
Para el cálculo de la retención, al sueldo total bruto se le tienen que deducir los descuentos legales que figuran en el recibo de sueldo y, a ese resultado, se le descuentan las deducciones personales y las generales que habilita la AFIP por la Resolución General 4003.
Hay que recordar incorporar al cálculo el aguinaldo devengado proporcional de cada mes, adicionando el 8,33% del importe percibido de sueldo básico y de todos los demás rubros que influyen en el cálculo del SAC.Luego, al resultado final se le aplican las escalas mensuales del tributo.
El sistema de cálculo es acumulativo, mes a mes, considerando todos los conceptos percibidos por el empleado durante el año y descontándole las deducciones acumuladas informadas por el empleado al momento de pagarse el sueldo.
Al impuesto determinado en ese momento tiene que descontarse el importe total que fue retenido hasta el mes anterior; de esa manera se obtiene el importe puro a descontar en el mes.
Existen algunos conceptos que no tuvieron actualización, desde que en la convertibilidad de los 90 se suspendió el ajuste. Dentro de esos conceptos se encuentra la deducción por gastos de sepelio y por seguro de vida que siguen en 996,23 pesos por año, cada uno de ellos y los intereses hipotecarios, deducción anual que asciende a 20.000 pesos.