AFIP: reglamentan uso de la Factura de Crédito Electrónica para Pymes
El gobierno nacional reglamentó el régimen de la Factura de Crédito Electrónica (FCE), que reducirá el costo de financiamiento para las pequeñas y medianas empresas.
A través de tres resoluciones del Ministerio de Producción y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicadas este jueves en el Boletín Oficial, se implementó este sistema que permitirá a las pymes contar con una nueva opción de financiamiento más accesible.
Se trata de la Resolución 209 de Producción, la 4.366 conjunta de esa cartera y de la AFIP y la 4.367 del organismo tributario.
De esta forma, las empresas podrán aumentar su productividad mediante el cobro anticipado de los créditos y de los documentos por cobrar.
“Esto es el resultado del trabajo conjunto entre el sector público y privado para que las pymes cuenten con más y mejores herramientas de financiamiento, en un mercado transparente y con reglas claras”, afirmó en un comunicado el ministro de Producción, Dante Sica.
Por su parte, el titular de la AFIP, Leandro Cuccioli, destacó que “la generalización de la factura electrónica conformada mejora el acceso al financiamiento y promueve la formalización en las cadenas de valor”, y consideró que “es un gran paso en la lucha contra la evasión y el acceso al crédito”.
En tanto, el secretario de Simplificación Productiva, Pedro Inchauspe, explicó que “esta herramienta amplía sustantivamente la oferta de financiamiento a las Pymes, transforma el crédito comercial en crédito financiero e impulsa el desarrollo del mercado de capitales local”.
El régimen arrancará con el sector automotriz, y permitirá que las empresas proveedoras del sector decidan cómo y con quién cobrar sus facturas.
A partir del 1 de enero próximo, en todas las operaciones entre una pyme y una gran empresa del sector automotriz las Facturas de Crédito Electrónicas serán obligatorias; en cambio, entre pymes su utilización será optativa.
Una vez que la automotriz valide y acepte la Factura, la pyme podrá elegir entre esperar el cobro por parte de la empresa grande o transferirla a una cuenta comitente registrada en la Caja de Valores.
La factura conformada podrá ser a partir de ahí negociada, tanto en el sector financiero como en el mercado de capitales.
A la fecha de vencimiento la firma automotriz transferirá el importe al CBU de la Caja de Valores, que le pagará al inversor que la posea.
La autoridad de aplicación será la Secretaría de Simplificación Productiva, y en el micrositio Factura de Crédito Electrónica se encontrará información detallada sobre el procedimiento.
En tanto, la AFIP emitirá alertas al domicilio fiscal electrónico de todos los actores involucrados como recordatorios de las acciones y plazos a cumplir.
La Factura de Crédito Electrónica es parte de la Ley 27.440 de Financiamiento Productivo, aprobada en la Cámara de Diputados el 9 de mayo pasado.
Al momento de ser debatida en el Congreso, el capítulo referido a esta factura recibió el apoyo unánime de todos los bloques.
En países de la región, como Chile, estas herramientas llegan a representar un 10% del PBI, en tanto que en la Argentina sólo el 0,3%.