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Blanqueo laboral: contribuciones patronales bajarán 20% por año para sueldos de hasta $10.000

Se implementará una rebaja de las contribuciones patronales para los salarios de hasta $10.000 y la reducción de las indemnizaciones por despido 
31/10/2017 - 09:42hs

Una rebaja progresiva de las contribuciones patronales para los salarios de hasta $10.000 y la reducción de la base de cálculo para las indemnizaciones por despido constituyen dos de los principales pilares de la reforma laboral que el Gobierno prevé enviar en 15 dí­as al Congreso, señala El Cronista.

Esas dos iniciativas forman parte de los 144 artí­culos que integran el borrador de un proyecto de ley ómnibus de cambios en materia laboral que el ministro de Trabajo, Jorge Triaca, presentó ante un grupo de abogados representantes de sindicatos y cámaras empresarias.

La iniciativa tiene tres ejes fundamentales: un capí­tulo destinado al blanqueo laboral, la instrumentación de un sistema de capacitación permanente y una serie de reformas sobre el actual sistema de contribuciones patronales y de derechos individuales establecidos en la ley de Contrato de Trabajo (LCT).

Sobre ese tercer eje, el borrador promueve una reducción progresiva de las contribuciones patronales en materia previsional para salarios de hasta $10.000, en lí­nea con el sueldo mí­nimo, vital y móvil (SMVM).

El esquema establece una rebaja anual equivalente al 20% de la contribución previsional obligatoria, recorte que gradualmente se incrementará hasta alcanzar el 100% del aporte patronal en un plazo de 5 años, un beneficio que se hará extensivo también a los empleadores que blanqueen a su personal no registrado.

En cambio, el resto de las contribuciones a la seguridad social (ART, obra social, Pami) se mantendrán igual que en la actualidad.

El borrador final distribuido por la cartera laboral para el análisis de sindicalistas y empresarios también establece cambios significativos en el régimen de indemnizaciones por despido.

Uno de ellos establece que para la base de cálculo de esos resarcimientos solo se tomarán en cuenta los salarios "normales y habituales" percibidos por el trabajador y que serán excluidos aquellos pagos excepcionales que en la actualidad suelen ser computados para la determinación de la indemnización, como el sueldo anual complementario, las horas extras extraordinarias, comisiones, premios y/o bonificaciones, compensaciones de gastos y todo otro rubro que carezca de periodicidad mensual o habitual.

Dentro de ese mismo capí­tulo, la reforma también postula la posibilidad de habilitar regí­menes especiales de despido dentro de los convenios colectivos de actividad, como el "fondo de cese laboral", un sistema similar a la denominada libreta de desempleo que rige en la industria de la construcción, y que suplanta la indemnización tradicional por un sistema por el cual mensualmente cada trabajador aporta una porcentaje de su salario para conformar un fondo destinado a garantizarle un ingreso cuando pierde el empleo.

Tamién se suprime el concepto de "irrenunciabilidad" de la ley de Contrato de Trabajo, que los funcionarios alegan necesaria para garantizar inmunidad penal de los empleadores pero que podrí­a ser utilizada para impulsar acuerdos laborales a la baja.

En tanto, se busca la reducción de dos años a uno del plazo de prescripción para el inicio de acciones judiciales de un trabajador contra su empleador. También se eliminará la valoración del "ius variandi" como garantí­a de no alteración de las condiciones de trabajo.

Por otra parte, la iniciativa oficial introduce dos nuevas categorí­as laborales. Una se refiere al sistema de vinculación entre trabajadores, caracterí­stico de pequeñas sociedades comerciales o microemprendimientos, en el cual un trabajador se hace cargo de los aportes y contribuciones del resto de los integrantes de la relación laboral.

El segundo caso, incorpora la figura de "trabajador independiente", una categorí­a establecida en la reciente reforma laboral de Brasil, para atender la situación particular de los profesionales que prestan mayormente servicios para una sola empresa, pero sin que ello establezca una relación de dependencia.

En el apartado vinculado al tema de capacitación y formación profesional, la propuesta de reforma estipula la creación de un instituto tripartito de capacitación permanente y la posibilidad de que los esquemas de pasantí­as sean incorporados en los respectivos convenios sectoriales.

En cuanto al blanqueo laboral, la propuesta establece que estará habilitado a todos los sectores y a empresas de diverso tamaño, las que se beneficiarán con la derogación de las penalidades correspondientes por el perí­odo que mantuvieron al personal en la informalidad.

Solo permanecerá una parte de las multas, cuya recaudación estará destinada a financiar el fondeo del sistema previsional que administra la ANSES, adelantó el matutino.

El blanqueo laboral tendrá vigencia por un año: los primeros seis meses, sin costo para el empresario, y para el perí­odo restante deberá pagar el 30% de las deudas por aportes y contribuciones no efectuadas

Si bien la propuesta del Ejecutivo no avanza sobre el poder sindical, en lí­nea con los cuestionamientos del propio Macri contra la multiplicación de organizaciones gremiales, establece que aquellos sindicatos que no registren actividades durante un plazo de 5 años perderán su personerí­a o inscripción.

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