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Fútbol, millones de pesos y evasión: Abad pone la mira sobre la Superliga

La AFIP decidió poner la mira sobre la Superliga y ajustar el seguimiento que realiza sobre los aportes y contribuciones de la Seguridad Social   
27/10/2017 - 12:07hs
Fútbol, millones de pesos y evasión: Abad pone la mira sobre la Superliga

La AFIP decidió poner la mira sobre la Superliga y ajustar el seguiumiento que realiza sobre los aportes y contribuciones de la Seguridad Social.

Las modificaciones se dieron a conocer a través de la resolución general 4151 publicada en el Boletín Oficial:

La flamante norma establece que la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), la Superliga Profesional del Fútbol Argentino, las empresas adjudicatarias de los derechos de explotación audiovisual y los clubes que intervienen en los torneos organizados por dichas asociaciones, en las divisiones Primera “A”, Nacional “B” y Primera “B”, deberán observar las disposiciones de la AFIP, respecto del sistema especial instaurado para la cancelación de:

a) Aportes y contribuciones sobre la nómina salarial y del aporte personal de los trabajadores autónomos, con vencimientos fijados para sus respectivos ingresos

b) Obligaciones vencidas e impaga, inclusive, por aportes y contribuciones sobre la nómina salarial e importes retenidos y no ingresados en concepto de aporte personal de los trabajadores autónomos e, incluidos -en ambos casos- sus actualizaciones, intereses y multas.

Se encuentran alcanzados por el régimen de retención los importes que correspondan a cada uno de los clubes provenientes de la comercialización de los derechos de televisación de los encuentros en que ellos participen, siempre que se trate de los torneos organizados por la AFA o por la Superliga Profesional del Fútbol Argentino, para las divisiones Primera “A”, Nacional “B” y Primera “B”.

La percepción o retención, según corresponda, deberá efectuarse en el momento en que:

a) Se efectúe la asignación de la recaudación total por la venta de entradas de los partidos de fútbol, a cada uno de los clubes intervinientes, a la AFA o a la Superliga Profesional del Fútbol Argentino, según el torneo de que se trate.

b) Se realicen los pagos a cada uno de los clubes en concepto de derechos de televisación de los encuentros de fútbol.

En caso de que dichos derechos hayan sido cedidos por la AFA o por la Superliga Profesional del Fútbol Argentino, a empresas adjudicatarias, éstas actuaran como agentes de retención al momento del pago de los respectivos cánones.