Se sustituye el procedimiento para los sujetos que reciban envíos de mercaderías provenientes del exterior                      
IMPUESTOS - 09 de Octubre, 2017

La AFIP decidió agilizar el mecanismo de compras en el exterior.

Los cambios se dieron a conocer a través de la resolución general 4141 publicada este lunes en el Boletín Oficial:

Puntualmente, se sustituye el procedimiento para los sujetos que reciban envíos de mercaderías provenientes del exterior, unificando la liquidación del arancel único aduanero y la “Tasa de servicio y almacenaje” del Correo Argentino.

¿Qué debo llevar para retirar el producto?

Cuando te corresponda pagar un arancel único del 50% sobre el valor del producto, deberás presentarte en el Correo Oficial o en la Aduana correspondiente, con la “Declaración simplificada de envíos postales internacionales” y la constancia de pago efectuada.

¿Cómo realizo el pago del arancel?

El pago del arancel tenés que realizarlo mediante el Volante Electrónico de Pago (VEP), dentro de las 24 horas siguientes al momento que lo generaste, y deberá incluir la liquidación de la “Tasa de servicio y almacenaje” que corresponda al Correo Argentino.

Recordá que el servicio aduanero, luego de verificar la mercadería, podría solicitarte una declaración jurada rectificativa del valor y el pago adicional correspondiente.

La presente normativa entra en vigencia el 9 de octubre de 2017 y será de aplicación para los telegramas emitidos por el Correo Argentino a partir del 10 de octubre de 2017.

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