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IGJ ajustó procedimiento para Sociedades por Acciones Simplificadas

Se adecua la normativa para inscripciones y requisitos. También se implementa el documento electrónico con firma electrónica o digital
06/10/2017 - 12:59hs

La IGJ ajustó el procedimiento para inscribir a las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS).

Las novedades se dieron a conocer a través de la resolución general 8/2017 publicada en el Boletí­n Oficial.

Puntualmente, se adecua la normativa registral para inscripciones y requisitos aplicables a las SAS. También se implementa el documento electrónico con firma electrónica o digital de sus otorgantes y la gestión a través de la plataforma de "Trámites a Distancia".

SAS

Complementariamente, el Gobierno dio a conocer un nuevo y amplio instructivo para facilitar la constitución de una sociedad en 24 horas.

Complementariamente, habilitaron en la plataforma Trámites a Distancia (TAD) los siguientes trámites de inscripción ante la Inspección General de Justicia:

– Transformación a SAS.

– Transformación de SAS a otro tipo societario.

– Apertura o cierre de sucursal en jurisdicción provincial de una sociedad domiciliada en CABA.

– Apertura o cierre de sucursal en CABA por sociedad domiciliada en jurisdicción provincial.

Traslado de domicilio.

– Aprobación de texto ordenado.

– Comunicación de manifestación.

– Solicitud de renuncia (arts. 125 y 128, RG (IGJ) 7/2015).

 Cancelación sin liquidación por inactividad.

– Disolución y nombramiento de liquidador.

– Liquidación y cancelación registral.

– Disolución, nombramiento de liquidador y liquidación y cancelación registral.

Desde la Inspección General de Justicia informaron que rige la modalidad electrónica, a través de la plataforma de Trámites a Distancia, para los trámites de solicitud de informes, pedidos de copias simples y certificadas, y certificados (de vigencia, de vigencia por cambio de jurisdicción, CEVIP, domicilio, medidas cautelares y matrí­culas), por la cual podrá recibir las notificaciones y documentos sin necesidad de sacar turno ni de concurrir al Organismo.

En este sentido informa que, para dar de alta un usuario, se deberá habilitar el servicio a través del sitio web de AFIP, utilizando clave fiscal nivel 2 o superior, señala Errepar.

Junto a la presentación del trámite, se deberá acompañar de manera obligatoria un formulario complementario, de carácter informativo y sin costo, para disponer de los datos necesarios para la caratulación. El formulario deberá ser descargado del sitio web de la Inspección General de Justicia, completado y firmado por el presentante del trámite (el que declara sus datos en el formulario y recibirá la notificación).

A continuación, el texto completo del nuevo y extenso manual:

Sociedades simplificadas

Puntualmente, la Sociedad por Acciones Simplificada es un nuevo tipo societario que permite constituir una sociedad de manera más rápida y simple a menor costo.

En efecto, a partir del 1 de septiembre pasado se puede realizar el trámite de constitución de una SAS a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

La SAS, introduce cambios significativos en el sistema:

- Ofrece la posibilidad de constituir una sociedad en 24 horas (si se utiliza el Estatuto Modelo).

- Se puede obtener una CUIT online.

- Tiene un capital mí­nimo de dos salarios mí­nimos vitales y móviles.

- Permite un objeto amplio.

Para facilitar el trámite, la amplia guí­a contiene está un modelo de instrumento constitutivo (Estatuto Modelo) que define de antemano el objeto, duración, organización de la administración y caracterí­sticas del capital de la SAS:

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