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Cómo adherir al plan de pagos en Ganancias y Bienes Personales

La AFIP lanzó una amplia guía paso a paso en donde se explica cómo adherir al nuevo plan de pagos en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales 
19/06/2017 - 10:40hs
Cómo adherir al plan de pagos en Ganancias y Bienes Personales

La AFIP lanzó una amplia guía paso a paso en donde se explica cómo adherir al nuevo plan de pagos en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Para acceder al instructivo haga clic aquí.

A continuación, los pasos a seguir:

1 - Constituir el domicilio fiscal electrónico en AFIP.

2 - Cargar en el “Sistema Registral” el Teléfono y el Mail (Menú “Registro Tributario”, opción “Administración de e-mails” y “Administración de teléfonos”).

3 - Declarar el CBU.

4 - Ingresar al servicio “Mis Facilidades”.

5 - Ir a la pestaña “Validación de Deuda”, allí se mostraran todas las obligaciones pendientes de pago que posee el contribuyente.

6 - Seleccionar la que corresponde a la declaración jurada de Ganancias y/o Bienes Personales del año 2016 y hacer clic en “Confirmar y Generar Plan”. El sistema nos dirigeautomáticamente a la pantalla de “Mis Facilidades para la carga del plan de la resolución general 4057/17”.

7 - En la pantalla “Carga de Obligaciones a regularizar” se muestra la deuda ya validada por las declaraciones juradas del 2016, si esta todo correcto, hacer clic en confirmar.

8 - Generación de plan de pagos, el sistema muestra el valor del pago a cuenta y de las cuotas (la cantidad de cuotas dependerá de la categoría en el SIPER), así como también los intereses, hacer clic en confirmar.

9 - Selección del CBU, el sistema nos pide que elijamos el CBU en el cual se debitarán las cuotas (Van a aparecer los que hayan sido previamente declarados).

10 - Generar VEP por el valor del pago a cuenta.

11 - Consolidar la deuda abonando mediante VEP el pago a cuenta. El mismo podrá ser regenerado a fin de su cancelación. Importante: El VEP vence el mismo día que se genera.

12 - Una vez registrado el pago a cuenta y producido el envío automático del plan, se podrá imprimir el formulario 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

La presentación del plan será comunicada al contribuyente a través del servicio “e – Ventanilla”, señalan desde el Blog Contadores en Red.

La solicitud de adhesión al régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos para ingresar al mismo.

La inobservancia de cualquiera de los requisitos determinará la anulación del plan en cualquiera de las etapas de cumplimiento en el cual se encuentre, en cuyo caso se deberá presentar una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir, siempre que se realice durante la vigencia del régimen.

En tal supuesto los importes ingresados en concepto de pago a cuenta y/o cuotas no se podrán imputar a cuotas del nuevo plan.