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Reforma tributaria: el proyecto se presentará luego de las Legislativas

La realidad de los ingresos tributarios y el alto nivel de déficit le impiden hoy al gobierno pensar en una reforma ambiciosa   
06/06/2017 - 11:30hs
Reforma tributaria: el proyecto se presentará luego de las Legislativas

El tratamiento en el Congreso de la reforma impositiva pasará a después de las elecciones legislativas de octubre.

El déficit fiscal de 7%, la recaudación apenas levemente superior a la inflación y la oposición presionando por una reforma que reduzca drásticamente la presión impositiva ya desde el 2018; provocan que el eventual tratamiento serio del proyecto se demore hasta conocer los resultados de las próximas elecciones legislativas de medio término.

Antes el ministerio de hacienda de Nicolás Dujovne cumplirá su promesa y terminará de elaborar un primer texto original para la reforma del sistema tributario argentino; basado en su mayoría en la reducción de algunos impuestos, pero el aumento de otros.

La idea es desburocratizar algunos puntos del esquema tributario, pero sin perder recaudación.

Reforma tributaria

Los principales puntos que están en agenda para la reforma tributaria, de los que diera cuenta iProfesional, son los siguientes:

1.- Ingresos BrutosEs el gravamen más distorsivo, porque se aplica directamente sobre la facturación de las empresas. El problema principal es que lo aplican las provincias, con lo que cualquier disminución impacta directamente sobre sus ingresos.

La propuesta oficial es que este gravamen sea reemplazado por otros sobre el patrimonio, por ejemplo el inmobiliario o patentes. 

La resistencia de los gobernadores a discutir este tema, que es central, para las empresas es muy fuerte. Una alternativa bajo análisis es que se disponga una sustitución gradual del tributo.

2.- Impuesto al chequeFigura tercero en el ranking de la recaudación, pero es sumamente distorsivo y no favorece el blanqueo de la economía.

Este año vence la prórroga respecto a su aplicación, por lo que el Congreso debería renovarlo. 

Ya se dispuso que las pymes puedan tomar a cuenta de Ganancias el 100% de este gravamen. Una opción bajo análisis esto se extienda a todas las empresas, aunque también de manera gradual

Más del 70% de este impuesto queda para las arcas nacionales y sólo se coparticipa en una porción menor.

3. Impuesto a las GananciasSe discutirá el ajuste automático para la cuarta categoría, es decir empleados en relación de dependencia.

De esta forma se buscaría evitar que más asalariados queden alcanzados por el tributo como sucedió hasta el año pasado. 

Una de las cuestiones centrales pasará por el 35% de alícuota que deben pagar las empresas, teniendo en cuenta que en muchos casos se está reduciendo esta presión, como Inglaterra y Estados Unidos.

4.- IVAUna opción que se pondrá sobre la mesa es la posibilidad de establecer un IVA provincial

Además, ya está vigente aunque casi no se utiliza la devolución de 15% para las compras que realizan jubilados y beneficiarios de planes sociales.

La voz de los expertos

En tanto, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) preparó un exhaustivo "paper" en donde los expertos del organismo adelantan los cambios que debería contemplar una reforma impositiva integral.

Al respecto, el presidente del Cpcecaba, Humberto Bertazza, advirtió que "en los últimos años la presión impositiva creció de manera ininterrumpida, convirtiendo a la Argentina en uno de los países de la región con mayor carga tributaria".

"Conscientes de la problemática que genera una superpoblación de gravámenes, y partiendo de la base de que los cambios aislados no son la solución, desde el Consejo se desarrolló una propuesta de cambio integral en el sistema tributario", agregó Bertazza.

A continuación se resumen los puntos sobresalientes de la propuesta del Consejo porteño que constituyen un todo consistente y no pueden ser tomados casa uno aisladamente:

- Impuesto al ChequeEliminar totalmente el impuesto de manera gradual en 5 años.

El primer paso se lo haría aumentando gradualmente el porcentaje que puede computarse como pago a cuenta de otros impuestos nacionales como el IVA, ya que actualmente sólo se permite en los impuestos a las Ganancias y Ganancia Mínima Presunta.

Para evitar desfinanciar al Estado, se considera oportuno que los porcentajes adicionales de pago a cuenta propuestos puedan ser computados exclusivamente contra incrementos nominales en los impuestos determinados con respecto al año anterior. 

Para las Pyme, contempla aplicar un régimen especial por el que puedan computar el 100% del tributo abonado en IVA o Ganancias

Además, contempla incrementar la coparticipación de los fondos que hoy recauda el gravamen. 

En la actualidad sólo un 30% de la recaudación integra la masa coparticipable, y las provincias reciben, previo a las detracciones de los regímenes previsionales, un 15%. Por el IVA, por ejemplo, las jurisdicciones provinciales perciben un 45%.

- Impuesto a la RentaSociedades de Capital: aplicar el criterio de integración parcial y crédito parcial al accionista, por el cual se permite como pago a cuenta del accionista una parte del impuesto abonado por las sociedades.

Suponiendo una tasa para sociedades del 25% y del 35% para los beneficiarios del exterior y los accionistas o sucesiones indivisas y un cómputo del crédito impositivo del 21,66%, el total a pagar por las rentas originadas por una sociedad serían del 35% (alícuota máxima vigente), con una carga impositiva distribuida entre la misma sociedad y sus accionistas. 

Esta medida terminaría incentivando la reinversión de las rentas. 

Derogar el “impuesto de igualación”.

Quebrantos: permitir dos opciones:

- Mantener de manera opcional el régimen actual, que permite el cómputo de quebrantos por 5 años.

- Aplicar un sistema que no tenga límite de tiempo pero con topes de utilización de los quebrantos respecto de la utilidad gravada (30% ó 50 %).

Amortizaciones de bienes de uso: incorporar al texto legal el elemento de obsolescencia tecnológica a los fines de estimar la vida útil de los bienes.

Posibilitar el recálculo de la vida útil de aquellos bienes en virtud a los cambios tecnológicos o retardos en la afectación a la actividad productiva a la cual sirven.

Permitir la actualización de los importes de las amortizaciones mediante un mecanismo de ajuste.

Admitir un mecanismo de amortización acelerada para las Pyme.

Ajuste por inflación: reinstalar el mecanismo de ajuste por inflación para impedir que se abone Ganancias sobre rentas ficticias.

Admitir el cómputo del interés del capital propio.

Pyme: mantener el régimen simplificado en el corto plazo, con un mayor control sobre la emisión de comprobantes y disponiendo la obligación de registración de operaciones.

- Impuesto a la Transferencia Gratuita de BienesDerogar el impuesto.

- Impuestos InternosRevisar íntegramente los bienes alcanzados por la imposición selectiva sobre el consumo.

Incorporar aquellos bienes cuyo consumo genere impacto ambiental.

- Impuesto al Valor AgregadoUnificar y reducir las alícuotas.

Reemplazar con subsidios explícitos a determinados consumos.

- CoparticipaciónCumplir con el mandato constitucional de establecer una reforma en el sistema de coparticipación (cuyo vencimiento operó en 1996).

Establecer que todos los recursos impositivos, a excepción de los impuestos al comercio exterior y los aportes personales y contribuciones patronales, formen parte de la masa coparticipable.

Lograr una mayor institucionalización de la distribución automática.