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Ganancia Mí­nima Presunta: AFIP prorroga hasta junio los vencimientos anuales

La AFIP regularizó una situación anómala en los vencimientos de las declaraciones juradas anuales                                      
16/05/2017 - 13:33hs

La AFIP regularizó una situación anómala en los vencimientos de las declaraciones juradas anuales.

Mediante la publicación de la resolución reneral 4051 – E, procedió a prorrogar hasta junio los vencimientos de las declaraciones juradas del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta correspondiente a las empresas o explotaciones unipersonales con cierre de ejercicio en diciembre pasado.

Estas declaraciones habían quedado con vencimiento en mayo, cuando las declaraciones juradas de Ganancias que pueden generar el pago a cuenta del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta tenían vencimiento en junio.

Las nuevas fechas de vencimiento son las siguientes:

El ingreso del saldo resultante deberá realizarse hasta el día hábil inmediato siguiente, inclusive, al de cada una de las fechas de vencimiento general que corresponda.

Nuevo aplicativo

En paralelo, la AFIP puso a disposición de los contribuyentes el nuevo aplicativo de Ganancias y Bienes Personales.

La nueva versión 18 deberá ser utilizada por todos los contribuyentes que deban presentar la declaración jurada anual del Impuesto a las Ganancias y aquellos que deban presentar la declaración jurada del impuesto sobre los Bienes Personales y no hayan exteriorizado bienes en el marco de la Ley 27.260

Como novedad también se informa que el plan de pago de la resolución general 984 no se confeccionará desde el aplicativo sino que se realizará desde la Mis Facilidades.

Para bajar e instalar el aplicativo hacer clic aquí.

El servicio on line para presentar Bienes Personales de aquellos contribuyentes que se hayan adherido al blanqueo estará habilitado el 29 de mayo próximo.

Fechas

Mediante una nota emitida por la Subdirección General de Servicios al Contribuyente, el organismo a cargo de Alberto Abad, informó las fechas desde las cuales se pondrán a disposición los nuevos aplicativos para la liquidación de y Bienes Personales.

Bienes Personales

1) Contribuyentes que no blanquearon

La presentación se realizará mediante una nueva versión del aplicativo que ya está disponible.

2) Contribuyentes que blanquearon

La presentación se realizará mediante nuevo servicio web: “Bienes Personales Web”, el que estará disponible desde el 29 de mayo próximo.

Este servicio también podrá ser utilizado opcionalmente por quienes no hayan adherido al régimen de sinceramiento fiscal.

Ganancias

Se realizará mediante una nueva versión del aplicativo que ya está disponible.

Informativa de Ganancias

Se podrá realizar con el aplicativo citado en el punto anterior o con el nuevo servicio “Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas” que estará disponible desde el 12 de junio próximo.

Contribuyentes cumplidores

Corresponderá presentar la declaración jurada de Bienes Personales la que tendrá el carácter de informativa, previéndose en el aplicativo una marca que hará que el impuesto determinado no se traslada al impuesto a pagar.

Asimismo, se confirma que no está prevista prórroga para los vencimientos.