Recargo en Ganancias: la AFIP debe devolver $1.200 millones a contribuyentes que solicitaron su reintegro
Entre las pesadas herencias que dejó la gestión anterior al frente de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sobresale una en particular: se encuentran en las arcas del Estado $1.200 millones en concepto de recargo en el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales que los contribuyentes solicitaron su devolución ya que no lo pueden computar contra el tributo.
En los despachos de reconocidos tributaristas, era común escuchar que el recargo que debía abonarse por la compra de dólar que no estuviera inmovilizada en el banco por un año convenía considerarlo como un costo ya que si no podías imputarlo contra el impuesto, la AFIP no te lo devolvía. Lo mismo sucedía con el recargo que caía sobr las compras de bienes y servicios en el exterior.
Y parece que algo de cierto había en la sentencia antes mencionada, ya que el flamante administrador, Alberto Abad, en el medio de su primera ronda de prensa, confirmó que se eleva a $1.200 millones el total de los recargos correspondientes a los contribuyentes que solicitaron su devolución. Cabe aclarar, que fruto del análisis puede surgir que la cifra a devolver sea menor ya que en algunos casos no correspondía solicitar la devolución.
Respecto a la gestión de su antecesor, Abad no dejó dudas: "Nosotros hace tres días hábiles que estamos aca. Nos encontramos con varias situaciones de discrecionalidad y de no facilitarle la vida al contribuyente. Debemos reconstruir una relación simétrica con el contribuyente y tratar los temas en tiempo y forma".
En la misma línea de derribar mitos o leyendas urbanas del Gobierno anterior, bien es sabido que al implantarse el cepo allá por octubre de 2011, la AFIP y el Banco Central se "pasaban la pelota" respecto a quien era el que establecía la cantidad de dólares que podía comprar cada contribuyente. Abad, dejó de lado los grises y contó cómo fue la historia.
"Al principio del cepo parecía que la AFIP decidía cuántos dólares se podían comprar", comenzó a explicar Abad. "¿Qué pasaba? El Banco Central -que es el que tiene la potestad regulatoria sobre esos temas- no tenía la capacidad informática para aplicar ese mecanismo restrictivo y de control", detalló el administrador federal.
"Entonces la AFIP qué hizo: poner los fierros para responsabilidades que eran del Banco Central. Esas eran las incoherencias que se daban al mezclar las responsabilidades de los organismos", concluyó Abad.
Compra de dólaresSi bien la AFIP ya no tendrá injerencia al momento de autorizar la compra de divisas, Abad dejó bien en claro que seguirán con los controles posteriores a la operación de compra de dolares.
Ante una pregunta de este medio, el titular del fisco nacional detalló "La persona va y compra dólares de acuerdo a las normativas del Central. Luego nosotros tenemos una base de datos a través de la cual vamos a saber qué contribuyentes compraron dólares y -en función de que el monto sea significativo- haremos las tareas de verificación para saber si la compra de dólares es consistente".
También descartó un rumor que surgió de una mala interpretación del nuevo régimen de percepción a operaciones de compra en efectivo de pasajes y paquetes turísticos en el exterior. El administrador aclaró que la nueva percepción no es aplicable para quien va a comprar dólares con efectivo al banco o a la casa de cambio. "Tiene que ver sólo con pasajes y paquetes turísticos en efectivo", ratificó Abad.
En tanto, respecto a un posible nuevo blanqueo, el titular del organismo de recaudación aseguró que "no está en la AFIP la idea de un nuevo blanqueo. Debemos seguir ordenando desde la formalidad. Debemos eliminar la discrecionalidad: que nosotros hagamos lo que tenemos que hacer y que los contribuyentes hagan lo que tienen que hacer".
AguinaldoTal como anticipó Iprofesional.com, no son pocas las empresas que pagarán el aguinaldo este viernes - fecha límite de acuerdo a la Ley de Contrato de Trabajo- descontando el Impuesto a las Ganancias más allá de que el presidente Mauricio Macri haya confirmado que estaría excluído del pago del impuesto para quienes ganen menos de $30.000 mensuales.
Esto es así, ya que recién este viernes se dio a conocer el decreto que implementa el beneficio, y por ende las empresa ya liquidaron el medio sueldo anual complementario de diciembre descontando Ganancias.
Al respecto, Alberto Abad, señaló que la norma contempla cómo será subsanado o compensado el atraso en la aplicación de esa exención.
El recargo se aplicará a los consumos de hasta el 16 de diciembreAsimismo, Abad explicó que los consumos en el exterior con el uso de tarjetas que aún no fueron cerrados por las emisoras deberán pagarse con el anticipo a cuenta de Ganancias, o Bienes Personales a la paridad que libremente determine el mercado.
Esto quiere decir que si se efectuó un pago por bienes y servicios en dólares en los últimos días de noviembre (posteriores al cierre de la tarjeta en ese mes) y los primeros días de diciembre, se pagará la percepción del 35% con la cotización del tipo de cambio único y libre de la jornada en que cierre ahora la tarjeta de crédito del cliente bancario. Por ejemplo, con un dólar a $14 para la venta, esto ubicaría a la transacción final con un tipo de cambio cercano a los 19 pesos.
Esto es así porque la percepción del 35% se toma al tipo de cambio del cierre de la tarjeta de crédito.