Prohibido por ANMAT: este medicamento decía prevenir y tratar el coronavirus
Este lunes la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó una decisión que podría ser importante para muchos argentinos en el contexto actual.
A través de la disposición 5570/2020 la ANMAT comunicó la prohibición de "uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como: "PLATA COLOIDAL ARGENYL"".
Cabe destacar que las actuaciones de ANMAT se iniciaron por una denuncia que hizo una persona particular acerca "de la oferta del producto rotulado como: "PLATA COLOIDAL ARGENYL", en la red social Facebook, el cual contendría gran cantidad de acciones terapéuticas".
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Fue así que desde el Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud, verificaron el perfil en la red social y pudieron "comprobar que allí se ofrece el producto en cuestión, con propiedades terapéuticas como los siguientes: "antibacteriano, antivírico, antibacteriano de amplio espectro, antimicótico", para "uso externo e interno" y también como profiláctico y tratamiento contra el coronavirus".
Además de sus acciones terapéuticas el producto se anunciaba como "UNICA en el Mercado Aprobada por ANMAT con Registro (2962)"
Los motivos de la decisión se encuentran en el considerando de la norma, donde se indica que "el producto es ofrecido y distribuido como un medicamento no solo con propiedades terapéuticas, sino que también es ofrecido para la prevención y tratamiento del COVID-19". El principal problema de esta realidad es que no contaba "con la debida autorización ante esta Administración Nacional", un documento necesario para todas las especialidades medicinales que se comercialicen en el país.
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En consecuencia, de acuerdo a lo determinado por ANMAT, "se trata de un producto ilegal, toda vez que declara datos no veraces en su rotulado, se desconoce su efectivo origen y su formulación". Esto significa, además, que "no puede garantizarse su calidad, seguridad y eficacia, situación que resulta en un riesgo para la salud de la población" y menos aún si se tiene en cuenta "el contexto actual de pandemia en el que nos encontramos".
Hacia el final, la disposición establece la necesidad de registrar la decisión en relación a este medicamento y de dar "a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial". Además, se debe comunicar "a las autoridades sanitarias provinciales y a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a quienes corresponda". Por último, la disposición publicada por ANMAT establece la necesidad de comunicar esta decisión a "la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos".