• 1/1/2025

Qué movimientos vigila ARCA entre Mercado Pago y otras billeteras virtuales

Las billeteras virtuales que no son controladas por ARCA, son las que están radicadas en el exterior y no poseen convenio de intercambio de información
Por YA
01/01/2025 - 09:27hs
ARCA vigila tus movimientos en Mercado Pago a partir de este nuevo monto

El avance de las billeteras virtuales como Mercado Pago, Ualá, Prex, Personal Pay y otras plataformas de pagos digitales, genera un mayor interés por parte de las autoridades fiscales, como la Agencia de Recaudación Aduanero (actualmente ARCA y ex AFIP). Este fenómeno responde a la creciente adopción de estos métodos de pago, que permiten realizar transacciones rápidas y eficientes, pero que también representan un desafío en términos de control fiscal y regulación.

ARCA estableció nuevas y estrictas directrices para las instituciones financieras. De ahora en adelante, le exigirá a los bancos, finteschs e instituciones financieras que reporten información detallada sobre los saldos, transferencias y movimientos de sus clientes cuando se cumplan ciertos criterios específicos.

Entre las principales medidas, se destaca la obligación de informar transacciones que superen los $400.000, ya sea en operaciones de ingreso o egreso. Esta normativa incluye tanto a bancos tradicionales como a billeteras virtuales, tales como Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Personal Pay, entre otras plataformas.

Según los fundamentos presentados por el organismo, el objetivo principal de estas disposiciones es garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los usuarios y reforzar las acciones para prevenir el lavado de dinero.

Cuánto dinero puedo tener en una billetera virtual

En lo que respecta a personas sin ingresos formales, el tope es de $400.000 esto incluye ingresos y egresos. Por ende, si se exceden sin una justificación válida, los usuarios podrían enfrentarse a una inspección o requerimientos de documentación por parte de la ARCA.

A partir de diciembre de 2024, el organismo investiga a quienes tengan saldos mensuales superiores a $700.000 en una billetera virtual.

Si una entidad financiera solicita documentación que justifique el origen de los fondos, es importante que los contribuyentes respondan a la brevedad.

De lo contrario, podrían enfrentarse a un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF), lo cual derivaría en consecuencias legales.

Qué movimientos están bajo la vigilancia de ARCA

Según los especialistas, ARCA centra su análisis en los siguientes tipos de transacciones:

  • Depósitos y transferencias significativas

Los depósitos recurrentes y de alto monto pueden ser indicios de actividades económicas no declaradas. El organismo verifica si estas operaciones coinciden con los ingresos reportados en las declaraciones juradas;

  • Pagos a terceros

Las transferencias a cuentas de familiares o amigos, especialmente si son frecuentes y de montos elevados, podrían despertar sospechas si no tienen como respaldo documentación que acredite el origen de los fondos;

  • Transacciones entre cuentas propias

El uso de múltiples billeteras virtuales para mover dinero entre cuentas personales también es monitoreado, ya que podría tratarse de estrategias para diluir ingresos o evadir impuestos;

  • Pagos comerciales

Los movimientos relacionados con ventas de productos o servicios sin facturación electrónica correspondiente son un foco prioritario para ARCA.

El monitoreo de ARCA sobre las billeteras virtuales representa un paso más en la modernización de los sistemas fiscales, buscando garantizar que todos los contribuyentes cumplan con sus obligaciones.

Cuál es la única billetera virtual que escapa al control de ARCA y cuáles son los montos máximos

Las únicas billeteras virtuales que no son controladas por ARCA, son las que están radicadas en el exterior y no cuentan con un convenio de intercambio de información con Argentina, esta situación seguramente se mantenga durante 2025 ya que son normativas que no han sido modificadas.

En este escenario, PayPal cumple con este requisito, tiene sede en Estados Unidos y permite a los usuarios realizar transacciones financieras en línea para diversas finalidades, como el pago de servicios digitales y transferencias a otras personas o empresas.

Además, se integra con numerosas tiendas en línea, lo que permite a los argentinos comprar productos importados desde el exterior sin las restricciones habituales que afectan este tipo de operaciones.

Como se encuentra radicada en Estados Unidos, ARCA no puede supervisar los fondos depositados en esta plataforma, lo que brinda a los usuarios la tranquilidad de que sus cuentas no estarán bajo la mirada del organismo tributario, la misma característica aplica para Wise, Neteller, Skrill y Payoneer.

Qué obligaciones pasan al 3 de febrero por la feria fiscal de ARCA y qué impuestos se pagan igual

Para las pymes y los pequeños contribuyentes, pasan al viernes 3 de febrero las siguientes obligaciones:

  • IVA: declaración jurada y pago de diciembre, que vence en enero.
  • Ganancias: vencimiento de la declaración jurada y pago en enero.

Para todos los contribuyentes

  • Regímenes de información: vencimiento en enero.

Qué trámites pasan a febrero

Están alcanzados por la feria, y los plazos pasan a febrero, para los siguientes trámites:

  • Requerimientos.
  • Citaciones.
  • Fiscalizaciones.
  • Sumarios.
  • Plazos de contestación al fisco.
  • Otros similares.
  • Incluye procedimientos aduaneros.

En el caso de las inspecciones por parte de los agentes de ARCA, la contestación a requerimientos y fiscalizaciones tienen los siguientes plazos de reanudación tras la feria fiscal:

  • Notificado previo a la feria fiscal: lunes 3 de febrero.
  • Notificado durante la feria fiscal: martes 4 de febrero.

Cómo se calculan los plazos durante la feria

  • Para el cómputo de los plazos en la feria fiscal, no se consideran días hábiles los comprendidos en este período.
  • El día en que se retoma el cómputo de plazos será disímil si la notificación fue previa a la feria fiscal o durante la misma.

El cómputo inicia: 

  • Si la notificación fue previa al inicio de la feria fiscal: el día hábil inmediato siguiente a la notificación (lunes 3 de febrero).
  • Si la notificación fue posterior al inicio de la feria fiscal: el segundo día hábil (4 de febrero).
  • El cómputo de los plazos, en caso de que se haya cumplido en forma previa al inicio de la feria fiscal, se reanuda el primer día hábil siguiente a la notificación (3 de febrero).