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Ex AFIP, ahora ARCA: cuántas transferencias en dólares puedo recibir por mes ahora

Durante la gestión anterior, se limitaron la cantidad de operaciones que se podían realizar en dólares. Sin embargo, con Milei la situación cambió
Por IM
FINANZAS - 30 de Noviembre, 2024

ARCA, ex AFIP, liberó las transferencias en dólares. En este sentido, ya no hay límites preestablecidos con respecto a la cantidad de operaciones que se pueden hacer en un mes calendario.

Cabe recordar que, durante el Gobierno de Alberto Fernández, las operaciones estaban limitadas a una sola por mes calendario. Si se superaban, la transferencia solía ser rechazada de forma automática.

¿Cuántas transferencias en dólares puedo hacer por mes?

Las limitaciones con respecto a la cantidad de transferencias en dólares, tal como se mencionó previamente, quedó sin vigencia. Por ende, siempre que se pueda justificar, o los fondos estén declarados en el blanqueo, no debería existir ningún inconveniente.

En cuanto a las limitaciones en la cantidad a transferir, estas varían según la entidad con la que se opere. Por ejemplo, en el caso del Banco Santander, el límite para transferencias a terceros es de US$21.875 por día desde el online banking y la app del banco.

Con respecto a las transferencias entre cuentas propias, cada canal admite un límite de US$ 1.250.000, por lo que se considera que en la práctica no hay un "límite". En este sentido, es importante tener en cuenta que las limitaciones son:

  • Diarias
  • Por cuenta
  • Por canal (Online Banking o la App Santander)
  • Por tipo de moneda
  • Por tipo de destinatario (cuenta propia/ a cuentas de terceros Santander/ a otras cuentas no Santander)

¿Cómo justificar una transferencia en dólares?

Para justificar una transferencia en dólares existen algunos documentos que se pueden presentar, entre los que se destacan:

  • Factura: si sos monotributista o responsable inscripto y cobrás en moneda extranjera, se puede presentar la respectiva factura en dólares
  • Documento de compra y venta: en el caso de que la transferencia sea producto de la venta de un bien, como un auto o un inmueble, se puede presentar la respectiva documentación
  • Recibo de haberes jubilatorios: si se cobra una jubilación en moneda extranjera, se puede presentar el respectivo recibo de los haberes jubilatorios
  • Boleto de compra-venta de títulos públicos o privados en la bolsa: en el caso de que se haya comprado dólar MEP (comprando un título público o privado y vendiéndolo en su variante en dólares) se debe presentar la documentación que facilita el broker
  • Certificado de donación: si se recibió una donación, se debe adjuntar documentación que respalde la operación

¿Cuántos dólares se pueden depositar en una cuenta de banco sin declarar?

Con respecto a los depósitos en dólares, tampoco existe un número determinado que se pueden depositar sin declarar. Esto ocurre porque, en teoría, se debe poder justificar todos los ingresos de dinero, ya que, de lo contrario, se trataría de fondos obtenidos de forma "ilegal".

Por lo general, los bancos suelen crear un "perfil" para cada cliente con el fin de simplificar los trámites. Dependiendo de factores como la cantidad de operaciones que se realizan en el banco, los ingresos que se declaran, entre otros, el banco establecerá un "límite virtual" sobre los dólares que podrás depositar sin tener que declarar el origen de los mismos.

Por ejemplo, por lo general, si se compra y retira US$ 1.000 al mes a través del mercado MEP y se tuvo la cuenta durante muchos años, un depósito de US$3.000 podría considerarse "normal", ya que representaría el ahorro acumulado de 7 meses.

Sin embargo, si sos un monotributista que comprás US$100 por mes o menos y querés realizar un depósito grande como, por ejemplo, de US$20.000, esto podría ser considerado sumamente riesgoso, ya que es muy probable que el banco te solicite un justificativo de los fondos por no "coincidir" con tu perfil.

Por otra parte, es importante tener en cuenta que ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) establece un límite de $200.000 mensuales, por los cuales no se requiere justificar el origen de los fondos.

En el caso de los dólares depositados, para este cálculo, se convierten a pesos utilizando únicamente el valor "oficial" como referencia. Sin embargo, también deberás tener en cuenta que esos $200.000 se aplican a todas las transacciones realizadas por cada contribuyente por mes calendario (ingresos de dinero, transferencias, depósitos, plazos fijos, etc.), sin importar en qué entidad financiera se realicen.

Es decir, si realizaste transferencias por $150.00 en un banco y se depositaron $50.000 en una billetera virtual, ambos montos se suman, lo que resulta en un monto total bastante bajo.

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