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Blanqueo de capitales: paso a paso, cómo invertir los activos regularizados

Dólar MEP, bonos y acciones: en qué se puede invertir una vez que se ingresó en el blanqueo de capitales impulsado por el Gobierno nacional
Por L.C.
FINANZAS - 16 de Agosto, 2024

A través del Decreto 608/2024, publicado en el Boletín Oficial el 12 de julio de 2024, el Gobierno de Argentina ha iniciado la reglamentación del blanqueo de capitales, un mecanismo que busca regularizar activos no declarados por parte de individuos y sociedades.

Este decreto forma parte de un conjunto más amplio de medidas fiscales conocidas como la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, que incluye también un régimen de regularización excepcional de obligaciones tributarias y aduaneras.

El blanqueo de capitales permite a las personas físicas y jurídicas declarar tenencias en moneda nacional y extranjera, así como otros bienes, tanto en el país como en el exterior, sin un límite específico en cuanto al monto. Esta iniciativa se presenta como una oportunidad para que los contribuyentes regularicen su situación fiscal, incorporando capital no declarado al circuito formal y facilitando su posible inversión en el mercado bursátil.

Los interesados en adherir al régimen especial de regularización de activos en efectivo, que incluye pesos, dólares y títulos valores, tienen tiempo hasta el 30 de septiembre de 2024 para realizar el blanqueo a través de una Cuenta Especial de Regularización de Activos Ley 27.743 (CERA). Este régimen especial ofrece beneficios significativos, como la exención del pago del Impuesto Especial, siempre que los fondos permanezcan en el circuito CERA hasta el 31 de diciembre de 2025. En caso de que los fondos sean transferidos antes de esta fecha, se aplicará una retención del 5% en concepto de impuesto.

Blanqueo de capitales: cómo abrir una cuenta especial para los activos regularizados

Para llevar a cabo el blanqueo, los contribuyentes deben seguir un proceso específico:

  • Apertura de Cuenta: Deben abrir una Cuenta Comitente Especial CERA para depositar su capital.
  • Origen de los Fondos: El capital a regularizar debe provenir de una Cuenta Especial de su titularidad en una entidad bancaria.
  • Instrumentos Financieros: Los fondos ingresados pueden ser utilizados para adquirir activos financieros elegibles, que incluyen acciones, bonos, y otros instrumentos como el dólar MEP. Se espera que en el futuro se incluyan también Fondos Comunes de Inversión (FCI).
  • El CEO de IOL invertironline, Diego Pizzulli, señaló que este régimen representa una buena oportunidad para que el capital no declarado se invierta y no permanezca inactivo.

    Los fondos destinados al blanqueo deben ser transferidos desde una Cuenta Bancaria CERA, siempre a nombre del titular. Esto garantiza que los fondos sean utilizados para la compra de instrumentos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Entre los activos elegibles se encuentran acciones, bonos, y Obligaciones Negociables (ONs), así como la posibilidad de dolarizar mediante el Dólar MEP.

    Blanqueo de capitales: cuáles son los beneficios fiscales

    El régimen de blanqueo de capitales ofrece múltiples beneficios fiscales:

    • Exención de Impuestos: Los contribuyentes quedan liberados de cualquier acción civil y penal tributaria respecto a los bienes que declaren.
    • Alícuota Cero: Los fondos depositados en el CERA hasta el 31 de diciembre de 2025 se blanquean sin la obligación de pagar impuestos especiales, independientemente del monto.

    El Decreto 608/2024 se divide en varios capítulos que abordan diferentes aspectos de la regularización de activos. Los artículos 3 a 25 del decreto se centran en el Régimen de Regularización de Activos, estableciendo procedimientos claros para la adhesión, el pago de impuestos y la presentación de declaraciones juradas. Además, se prevé la posibilidad de extender los plazos para la manifestación de adhesión y el pago anticipado hasta el 31 de julio de 2025, garantizando un mínimo de tres meses entre los plazos.

    El decreto también aborda la inclusión de criptomonedas y otros activos virtuales en el régimen de blanqueo. Estos activos se considerarán del país si se encuentran bajo la custodia de un Proveedor de Servicios de Activos Virtuales registrado ante la CNV. Esta inclusión refleja la creciente importancia de los criptoactivos en la economía moderna y su potencial para ser regularizados dentro del marco fiscal.

    Los contribuyentes que opten por participar en este régimen de blanqueo deben tener en cuenta las implicaciones fiscales de sus decisiones. La regularización de activos no solo les permite evitar sanciones, sino que también les brinda la oportunidad de reintegrar capital al sistema financiero formal. Esto puede resultar en un acceso más amplio a oportunidades de inversión y financiamiento.

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