BITCOIN Y CRIPTOACTIVOS

¿Qué impuestos debo pagar por invertir en criptomonedas desde la Argentina?

Las monedas digitales están alcanzadas por varios tributos tanto de orden nacional domo provincial. ¿En qué casos deben pagarse?
FINANZAS - 21 de Febrero, 2024

El avance de las criptomonedas es una tendencia en el ecosistema financiero mundial, con el surgimiento de nuevos exchange, tarjetas con cashback en cripto y hasta empresas que habilitan los tokens como método de pago, aunque en materia de pago de impuestos en la Argentina las regulaciones no son del todo claras.

Algunos países, como Estados Unidos y China, tienen claras regulaciones respecto a este mercado, pero hay otros que tienen los límites más desdibujados. Entre ellos, la Argentina.

Si bien la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está al tanto de todos los productos y servicios que se comercializan, no existen regulaciones claras acerca de las monedas y transacciones virtuales.

Marcos Zocaro, consultor tributario y miembro de la comisión directiva de la ONG Bitcoin Argentina, dialogó con iProfesional y clarificó qué impuestos se aplican por el uso de Bitcoin (BTC) y otros criptoactivos en Argentina.

"Si bien en la Argentina todavía no existe un claro marco impositivo para las diversas operaciones con criptomonedas, existen distintas normativas, dictámenes y resoluciones, tanto a nivel nacional como provincial, que alcanzan a la industria y sus usuarios", destacó Zocaro.

Pagan Impuesto a las Ganancias quienes vendan criptomonedas y ganen más de $451.000 al año

En principio, el especialista señaló que la tenencia de estos bienes al cierre de cada ejercicio no está alcanzada por el Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, aclaró que las personas físicas que realicen operaciones de venta de criptomonedas y obtengan ganancias al año superiores a $451.000, deben tributar este impuesto.

En ese caso, la alícuota aplicable será del 15%. "Si la operación es por un valor menor, queda exenta", remarcó. No obstante, el experto anticipó que para 2024 probablemente se duplique el mínimo establecido, por la devaluación del peso y la inflación.

Quienes vendan criptomonedas y obtengan ganancias al año superiores a $451.000, deben tributar Impuesto a las Ganancias

Por su parte, para personas jurídicas se aplicará una escala, con alícuotas, que varían entre el 25% y el 35%. En este sentido, César Litvin, especialista en tributación, agregó que "las empresas deben revaluar el saldo al cierre de cada ejercicio" para actualizar su patrimonio.

Por ganancias, se entiende al valor de la venta menos el costo de adquisición. Asimismo, Zocaro aclaró que por venta no solo se comprende las ganancias del cambio de criptomonedas a pesos o dólares, sino que también incluye la permutación por otros criptoactivos, así como el pago de un servicio o producto, como un libro o una casa.

Transacciones en criptomonedas no pagan IVA pero sí Ingresos Brutos

Ambos profesionales coincidieron en que las transacciones en criptomonedas no están alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), pero sí pagan Impuesto a los Ingresos Brutos, de acuerdo con la legislación de cada provincia.

"La venta en forma habitual tributa Ingresos Brutos en la provincia donde se desarrolle la actividad. Algunas jurisdicciones tienen legislación especial vinculada a la venta de criptomonedas. El Código Tributario cordobés, por ejemplo, establece que la base imponible estará constituida por la diferencia entre los precios de venta y compra, marcando una excepción a la regla general del impuesto", detalló Zocaro.

La Provincia de Buenos Aires, en tanto, es la única región del país que estableció una regulación específica para la minería de criptoactivos, al definir a la actividad como "procesamiento de datos".

En esta línea, Litvin señaló que "si el hardware está en la Provincia de Buenos Aires, se grava la minería de criptomonedas", y añadió que "hay otras jurisdicciones que también gravan la compra-venta, como el caso de Catamarca, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, La Rioja, Neuquén, Tucumán y Tierra del Fuego".

Las transacciones en criptomonedas no están alcanzadas por el IVA, pero sí pagan Impuesto a los Ingresos Brutos,

Criptomonedas e Impuesto a los Bienes Personales: límites más difusos

En relación con el Impuesto a los Bienes Personales, los límites son más difusos. Zocaro explicó que las tenencias de criptoactivos se encuentran alcanzadas por el impuesto. Aunque, comentó que "hay un mundo de dudas" sobre este aspecto porque "la ley no dice nada, pero la AFIP sí realizó aclaraciones".

En 2022, el organismo fiscal publicó el dictamen 2/2022 que reconoce a Bitcoin como un activo intangible y exento de impuestos personales. Pero en junio de dicho año, el organismo "cambió de opinión" y determinó que todos los criptoactivos, sin ningún tipo de diferenciación, son considerados activos financieros y, por lo tanto, están alcanzados por el impuesto.

De esta manera, una persona física debe pagar Bienes Personales cuando el valor de sus activos, incluyendo las criptomonedas, supere $27.377.408 para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2023.

Los criptoactivos, si están ubicados en el exterior, se computan al tipo de cambio oficial. No obstante, no ocurre lo mismo para los que se encuentran en Argentina. Para esto último, contrastó el especialista, se toma en cuenta el tipo de cambio que se utiliza en la liquidación impositiva.

Exchanges y billeteras virtuales de Argentina informan a la AFIP

La Resolución General 4614/2019 estableció que las plataformas financieras argentinas, incluidas los exchanges de criptomonedas y los proveedores de servicios de pago (PSP) como Mercado Pago, Ualá y otros, están obligadas a informar ciertos datos financieros de sus usuarios a los reguladores gubernamentales.

En concreto, estas plataformas deben informar cuando un usuario tiene al menos $120.000 de ingresos o egresos en la cuenta, así como también cuando posee un saldo de al menos $200.000. La Resolución aclara que la información a compartir será por montos agregados mensualizados, salvo para aquellas operaciones de $400.000 o superiores, donde se deberá informar cada una de estas transacciones en forma individual.

MercadoPago, Ualá y otros, están obligadas a informar ciertos datos financieros de sus usuarios a los reguladores

Las plataformas financieras del exterior no están incluidas en este régimen informativo. No obstante, estas pueden tener la obligación de divulgar datos de sus usuarios a los reguladores de los países donde están radicados y, por intercambio de información financiera internacional, el contenido puede llegar a Argentina.

Frente a este panorama, Zocaro aclaró que los residentes argentinos están alcanzados por el sistema tributario de Argentina, más allá de la plataforma que usen o si tienen empresas fuera del país.

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