DATO CLAVE

¿Cuántas transferencias en dólares se pueden realizar por mes?

El Banco Central levantó la restricción que restringía la cantidad de transferencias que podían hacerse de y hacia cuentas en moneda extranjera
Por L.C.
FINANZAS - 02 de Enero, 2024

En el marco del proyecto del actual Gobierno de desregular la economía, el Banco Central (BCRA) decidió relajar una norma de las muchas que configuran el cepo cambiario. De esta forma, la autoridad monetaria levantó en los útimos días la restricción que pesaba sobre la cantidad de transferencias que se podían hacer sobre cuentas en moneda extranjera.

Con vigencia desde el pasado 26 de noviembre, esta medida impedía realizar más de una transferencia por mes entre cuentas en moneda extranjera, traba que recaía tanto a inversores, como en familias y empresas y habilitaba la posibilidad de bloquear el bloqueo la cuenta de destino nominada en moneda extranjera a partir de una segunda transferencia recibida durante un mismo mes calendario.

La prohibición, que se había dispuesto a través de la Comunicación "A" 7485, quedaba enmarcada en la política de "Conozca a su cliente" de los bancos, que exigía una revisión de la transferencia sobre "cuentas de destino nominadas en moneda extranjera a partir de una segunda transferencia recibida durante el mes calendario".

En ese caso "las entidades receptoras deberán diferir la acreditación hasta eliminar cualquier sospecha de incumplimiento normativo en lo que refiere a la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos", establecía la normativa. Pero, a partir de la norma emitida este jueves, esa medida queda sin efecto y no hay más límites para enviar o recibir dinero en moneda extranjera entre cuentas.

¿Cuántos dólares puedo depositar en mi cuenta sin declarar?

Al momento de retirar dólares y obtener los famosos "cara chica", es muy común querer cambiarlos lo más rápido posible por billetes cara grande o azules, ya que en muchas operaciones no son aceptados. En este sentido surgen dos alternativas: por un lado, pagar en el mercado paralelo un "servicio de cambio de billete" y, por otro lado, depositarlos en el banco.

En este último caso suele despertarse el interrogantes sobre qué cantidad se puede depositar sin declarar, sobre todo teniendo en cuenta que estos no solo desalientan la práctica, sino que sumado a los "coleros digitales" (muy populares en la pandemia) ha generado que muchas entidades financieras soliciten un justificativo de fondos.

El gobierno de Milei libera la cantidad de dólares a transferir entre cuentas.

Sin embargo, es importante recalcar que, como tal, no existe un número determinado de dólares que se pueden depositar sin declarar, ya que, en teoría, se debe poder justificar todos los ingresos de dinero, porque, de lo contrario, se trataría de fondos obtenidos de forma "ilegal".

Sin embargo, los bancos suelen elaborar un "perfil" sobre cada cliente para simplificar los trámites, por lo que, dependiendo de factores como la cantidad de operaciones realizadas en el banco, los ingresos declarados, entre otros, este suele establecer un "límite virtual" sobre los dólares que esa persona puede depositar sin tener que declarar el origen de estos.

Por ejemplo, si una persona suele comprar y retirar u$s 500 al mes comprados en el mercado MEP, y tiene la cuenta hace mucho tiempo, un depósito de u$s 2.000 podría ser "normal", ya que sería el "ahorro" de 4 meses.

En cambio, si un monotributista que suele comprar u$s100 o menos desea realizar un depósito de u$s 8.000, este podría ser sumamente riesgoso, ya que las probabilidades de que el banco pida un justificativo de fondos es enorme.

Por otra parte, es importante recordar que AFIP establece un monto de $200.000 mensuales por los que no se solicita justificar el origen de fondos. En el caso de los dólares depositados, a efectos de este cálculo, los convierte a pesos tomando únicamente como referencia el valor "oficial".

Sin embargo, es importante recordar que esos $200.000 aplica a todas las transacciones realizadas por cada contribuyente por mes calendario (ingresos de dinero, transferencia, dinero depositado, plazos fijos, etc) sin importar en que entidad financiera se realizaron.

Es decir, si en un banco se hicieron transferencias por $150.000 y en una billetera virtual se ingresó $30.000, ambos montos se suman, por lo que el monto real es sumamente bajo.

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