OPERACIONES BANCARIAS

¿Cuánto es lo máximo que puedo transferir sin pagar impuestos?

La magnitud de la suma transferida puede disparar alarmas y desencadenar una serie de situaciones. A continuación, todas las claves para evitar problemas
Por C.A.
FINANZAS - 11 de Agosto, 2023

Las transferencias bancarias se alzan como protagonistas indiscutibles de la economía moderna. Sin embargo, la complejidad de este proceso suele dejar a muchas personas con inquietudes en torno a los impuestos involucrados, los límites de las transferencias y las exenciones existentes.

A través de este análisis exhaustivo, iProfesional busca arrojar luz sobre las dudas que rodean este enigmático proceso financiero.

¿Qué impuestos acechan a las transferencias?

Al momento de recibir una transferencia, surge la inevitable cuestión: ¿Estoy obligado a pagar impuestos? La respuesta yace en un terreno fértil de variables. El origen de la transferencia y la condición fiscal del receptor son factores determinantes en este asunto.

En el caso de los Impuestos a los Ingresos Brutos, un actor recurrente en este escenario, los bancos suelen retener un porcentaje, generalmente alrededor del 2,5%, sobre la transferencia recibida. No obstante, esta retención puede no ser la totalidad del tributo adeudado. El saldo pendiente suele abonarse mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), a menos que el receptor se encuentre bajo el régimen de Monotributo unificado, en cuyo caso la responsabilidad recae en el emisor de la transferencia.

Para complejizar aún más la situación, las transferencias relacionadas con transacciones comerciales acarrean obligaciones adicionales. En estos casos, la emisión de la correspondiente factura es un requisito ineludible.

¿Cuánto es lo máximo que puedo transferir sin pagar impuestos?

¿Qué impuesto se paga por transferencia bancaria?

Los impuestos que gravan las transferencias bancarias varían según la naturaleza del receptor, ya sea una persona física o jurídica.

Sin embargo, hay dos tributos que destacan en este escenario. Por un lado, el Impuesto a los Ingresos Brutos se erige como un recaudador incansable, aplicando una retención aproximada del 2,5%. Por otro lado, el Impuesto al Cheque entra en escena con su porcentaje del 0,6%, insaciable en su búsqueda de contribuciones.

Transferencias sin rastro

El acto de transferir dinero entre cuentas bancarias no está exento de límites, más allá de las cifras de la cuenta de origen.

En Argentina, el Banco Central establece límites tanto para transacciones por cajeros automáticos como para operaciones a través de homebanking.

En la primera categoría, el máximo permitido es de $125.000, mientras que en la segunda, se eleva a $250.000. Sin embargo, existe un margen para superar estos topes mediante la notificación previa al banco.

Este método alternativo, conocido como la notificación previa, involucra informar con antelación al banco sobre la transferencia, junto con detalles como la fecha y el monto aproximado. Aunque esta estrategia es común en transacciones de alto valor, algunos bancos pueden conceder límites diarios más amplios, como el Santander, que permite transferencias de hasta $3.500.000.

Adicionalmente, es crucial discernir que los límites se aplican principalmente a las cantidades que se reciben, y no a las que se envían.

El acto de transferir dinero entre cuentas bancarias no está exento de límites

Transferencias libres de impuestos

La búsqueda de un concepto mágico que otorgue inmunidad frente a los impuestos es un esfuerzo en vano. No existe un concepto específico que permita eludir las obligaciones tributarias asociadas a las transferencias bancarias. La responsabilidad recae en el receptor de la transferencia, mientras que el concepto actúa como un mero referente.

No obstante, cuando una operación está exenta de impuestos, el concepto puede fungir como una herramienta de respaldo tanto para el receptor como para el emisor en caso de disputas.

Transferencias de grandes sumas

La magnitud de la suma transferida puede disparar alarmas y desencadenar una serie de situaciones. Cuando la transferencia es justificada y transparente, como en el caso de una venta inmobiliaria o la provisión de servicios facturados, las aguas suelen estar tranquilas.

No obstante, en ciertos escenarios, el banco podría retener los fondos de manera preventiva. La presentación de documentación comprobatoria es la llave para liberar estos fondos.

Por otro lado, si se recibe una transferencia sin justificación, como una venta no declarada, el receptor podría enfrentar consecuencias. Esto es especialmente cierto para los contribuyentes monotributistas o responsables inscriptos, quienes podrían caer bajo sospecha de evasión fiscal. Las multas y sanciones podrían asecharlos, acompañadas por la temida recategorización si se superan los límites del régimen de monotributo debido a esta transferencia.

La magnitud de la suma transferida puede disparar alarmas y desencadenar una serie de situaciones.

Conclusiones sobre las transferencias bancarias

Las transferencias bancarias, esos insondables entramados de cifras y regulaciones, han emergido como elementos esenciales en la interacción económica actual.

En este enmarañado mundo de impuestos, límites y exenciones, una comprensión sólida es esencial para navegar con éxito. La transparencia en las operaciones, la justificación adecuada y el respeto a las obligaciones fiscales son las herramientas cruciales para evitar los remolinos del desconcierto financiero.

¿Cuánto es lo máximo que puedo recibir en una transferencia?

En la actualidad, en Argentina, podés realizar movimientos bancarios de hasta $200.000 sin necesidad de realizar una declaración. Sin embargo, es importante tener en cuenta que, superando ese monto, se incrementa el "riesgo" de que sea necesario declarar la procedencia del dinero.

Es relevante mencionar que los $200.000 abarcan casi todas las operaciones realizadas por una persona en el transcurso de un mes calendario. Esto incluye el dinero depositado en cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas de sueldo y de seguridad social además de las transferencias recibidas. También se consideran los saldos en depósitos a plazo fijo, así como en cuentas y otros tipos de inversiones.

El monto máximo establecido por AFIP exento de justificarlo es de $200.000

Si, por ejemplo, realizas depósitos mensuales de $200.000 en un plazo fijo, es muy probable que el banco te solicite justificar los fondos. Esta cifra reemplaza el límite anterior de $90.000, el cual se consideraba obsoleto en la actualidad.

Por otra parte, en el caso de que el banco considere necesario solicitar una justificación de los fondos, se comunicará, por lo general, vía email, solicitando la documentación respaldatoria que demuestre la procedencia de esos movimientos.

Los documentos más comunes para justificar el origen de los fondos son la facturación de los últimos 6 meses, recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios, certificados de ingresos emitidos por un contador público, entre otros.

En esta línea, en el caso de que no puedas justificar total o parcialmente el origen del dinero, es muy probable que el banco genere un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) y lo enviará a la Unidad de Información Financiera (UIF).

Posteriormente, la actuación de este organismo es variable y depende de la "gravedad" del asunto. No es lo mismo no poder justificar 3 millones de pesos para una empresa que factura millones mensuales, que para una persona física sin ningún tipo de ingreso declarado.

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