Nuevo cepo: empresas que liquidaron a valor "dólar soja" no podrán comprar divisas al tipo de cambio oficial
Mucho se habló en los últimos días sobre la posibilidad de que pudieran llegar nuevas medidas restrictivas de acceso al dólar por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Este lunes, finalmente, llegaron por un lado poco esperado: en forma de restricciones de acceso al mercado cambiario para productores y acopiadores de soja.
Y es que también mucho se discutió acerca del esfuerzo fiscal y monetario por parte del Banco Central que demanda el nuevo dólar soja, que le permite a los sojeros acceder a un tipo de cambio diferencial de $200 por dólar. Recordemos que los productores que venden la cosecha en pesos a los exportadores, industria o acopiadores, se benefician con una cotización del dólar superior a la oficial hasta el 30 de septiembre.
Eso hizo que el campo empezara a liquidar fuertemente y se registrara en hasta hoy un volumen u$s3.000 millones por esa vía. Los pesos que los sojeros recibían por esas liquidaciones estaban yendo a los tipos de cambio alternativos. De hecho, la semana pasada muchas empresas del agro fueron a los dólares financieros a comprar MEP y empezaron a hacer subir las cotizaciones de esos dólares.
No obstante, cuando se conocía el generalizado rechazo de las entidades del agro, el secretario de Agricultura José Bahillo dijo en un tuit: "Quiero aclarar que la resolución del Banco Central no incluye a los productores y las productoras que con tanto esfuerzo vienen acompañando el programa de incremento exportador", en obvia referencia al dólar soja que reconoce un precio de $200 por dólar.
El posteo de Bahillo fue retuiteado por el ministro de Economía, Sergio Massa. El Banco Central aclaró luego el alcance de la medida para focalizarlo en las empresas exportadoras: "Las disposiciones dadas a conocer no son de aplicación para las personas humanas". Esto implica que abarca la operatoria de las empresas.
La duda es que en el campo las figuras son empresas. Por lo tanto el alcance sería también amplio.
Dólar: cómo son las nuevas trabas para los sojeros
En consecuencia, el BCRA dispuso, a través de la Comunicación "A" 7609 que, desde el 20/09/2022, que es este martes, los clientes de entidades financieras residentes en el país que dedicados a la actividad agrícola que reciban el beneficio del dólar soja, establecido por el Decreto 576, a quien realice su exportación en forma directa o como resultante de un proceso productivo realizado en el país no podrán acceder al mercado de cambios para realizar compras de moneda extranjera por parte de personas humanas para la formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados (que son aquellas que se realizan en los mercados financieros para obtener una ganancia sin riesgo, aprovechando alguna oportunidad de diferencia de precio entre dos mercados para obtener una ganancia).
Asimismo, se les impide realizar canjes de títulos valores emitidos por residentes por activos externos (en referencia a los Cedears), o transferirlos a entidades depositarias del exterior (esto es, comprar una obligación negociable, conocidas ONs, o bono corporativo que cotice en Argentina, y canjearlo por una ON o bono de la misma empresa que cotiza en el exterio).
Es decir que aquellos agentes económicos, ya sea productores o acopiadores, que hayan vendido soja en el marco del Programa de Incremento Exportador, que es el que les reconoce a los actores del complejo sojero el valor de $200 por dólar, no podrán acceder al mercado de cambios para compras de moneda extranjera ni tampoco realizar operaciones con títulos y valores con liquidación en moneda extranjera.
Una medida que busca equilibrar la cancha, pero genera polémica
De esta manera, el BCRA busca, en pos de frenar procesos que alteren contra la tranquilidad cambiaria que ha sabido conseguir en este último tiempo, establecer reglas equitativas entre quienes se benefician con el dólar soja y quienes recibieron o reciben un subsidio del Estado para una IFE o tarifas. Recordemos que esos grupos no pueden comprar dólares porque se beneficia del esfuerzo fiscal, por lo tanto no puede destinar ese beneficio a comprar divisas ni ir al mercado financiero a hacer MEP/CCL ni comprar Cedear.
Los productores sí tienen la posibilidad de dejar la venta en pesos en la cuenta a la vista remunerada a dólar oficial, las cuentas a dólar link o chacarera. Sin embargo, muchos estaban yendo al dólar por otras vías.
Según interpreta en diálogo con iProfesional el experto en normativa financiera Marcelo Bastante, "lo que dice la norma es que quien accedió al beneficio de liquidar los cereales a un valor diferencial (dólar soja), no puede efectuar este tipo de operaciones". Y asegura que "tiene su lógica porque todas estas opciones estaban vedadas para los beneficiarios de subsidios y créditos a tasa cero".
Sin embargo, la respuesta de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA) no se hizo esperar y, minutos después de que se publicara la norma del BCRA, la entidad expresó que "la reciente medida del BCRA dirigida a cooperativas, acopiadores y productores que vendieron soja a los exportadores es restrictiva y limitante del mercado cambiario, además de perjudicial para toda la cadena de la soja".
¿Tiene razón la entidad que representa al sector? Según el criterio de Bastante, "el tema cuestionable es que la norma están poniendo en pie de igualdad a los productores agropecuarios con aquellos que recibieron un subsidio directo de parte del Gobierno durante la pandemia". Pero, por otro lado, aclara que no es una medida excepcional para los productores agropecuarios, pues existen otros agentes que ya tenían este tipo de restricciones.