Cepo para importadores: deberán conseguir dólares por fuera del mercado oficial hasta fin de año
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) resolvió prorrogar hasta el 31 de diciembre próximo la distribución del cupo mensual vigente para importar y la obligatoriedad de financiar a 180 días las operaciones que se cursen a través de las autorizaciones del Sistema de Monitoreo de Importaciones (SIMI) Categoría B (sujetas a Licencias no automáticas), que había sido establecida por la Comunicación "A" 7532 el 27 de junio pasado.
Esa medida, que endureció en su momento las restricciones para el pago de importaciones, estaba vigente hasta el 30 de septiembre y, ahora, se extendió el plazo un trimestre más.
Limitación para importaciones: una prórroga esperada
"Lo que hicieron fue confirmar lo que el sector importador daba por descontado, una extensión de la medida que endureció las condiciones necesarias para acceder al mercado de cambios con el fin de pagar importaciones", dice al respecto a iProfesional el ex secretario de Importaciones de la Nación, Esteban Marzorati.
Y opina que "no es un dato menor el hecho de la extensión de esta medida, a pesar de que era una decisión que se sabía que llegaría, porque la necesidad de obtener financiamiento en ese plazo por fuera del mercado oficial dificulta las importaciones, suma un costo financiero y, además, genera incertidumbre respecto de los costos de reposición".
Cabe recordar que, entre otro puntos, de lo que dispuso la norma prorrogada por el directorio del BCRA se destaca una reducción de los cupos mensuales y el establecimiento de un nuevo esquema, que exige que las Licencias No Automáticas deben tener una SIMI Categoría A para pagar de forma previa a los 180 días de nacionalizado el embarque.
Asimismo, se fijó un nuevo cupo anual de Categoría A, que deberá ser calculado sobre las licencias automáticas y las no automáticas oficializadas en 2020 (+70%) y 2021 (+5%). El mismo se divide en 12 meses y no puede anticiparse el 20%.
Y, por otro lado, se amplió el universo de bienes que sólo se puede pagar a 180 días, es decir que entran en la Categoría B.
Así, "la comunicación que se prorrogó este jueves obligó a las empresas a conseguir financiamiento por fuera del Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), aunque con excepciones, por ejemplo, para PYMES y bienes de capital", explica Marzorati.