Cómo son las herramientas de ahorro en pesos que propone el Gobierno
El Gobierno se encuentra en un momento turbulento por el decreciente nivel de reservas netas del Banco Central y el aumento reiterado de los dólares alternativos que hicieron llegar a la divisa blue hasta los $178 por unidad al cerrar la segunda semana del mes.
La situación económica hizo que el primero de octubre, el ministro de Economía, Martín Guzmán, anunciara una baja a las retenciones durante los tres meses que quedan del año para intentar lograr una mayor liquidación de divisas por las exportaciones. Ese día también se anticipó que el Gobierno crearía nuevas herramientas o condiciones para permitir el ahorro en pesos.
Ayer se mandó ese proyecto de ley al Congreso, luego de la entrevista de Guzmán en el coloquio de IDEA. De ser aprobado, las novedades intentarán generar mayor certeza a los inversores en pesos y una rentabilidad que incite a no poner los activos en dólares.
¿En qué consisten las propuestas?
El gobierno estableció algunas de estas ideas:
- Exención del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para los activos de inversiones financieras en pesos.
- No se pagará estos impuestos por el dinero que se invierta en el mercado financiero local "con el objetivo de promover el ahorro en moneda nacional y desarrollar el mercado de capitales y créditos" afirmó el comunicado del Gobierno.
- Exención de Impuesto a las Ganancias de los intereses de los depósitos en pesos con cláusula de ajuste.
Esto implica que por ejemplo la ganancia de colocar el dinero en plazos fijos en UVA no abonará el porcentaje correspondiente al tributo, como tampoco lo realizarán las que estén destinadas a inversión productiva.
- Exención en Bienes Personales para obligaciones negociables emitidas por empresas argentinas, instrumentos en moneda nacional destinados a inversión productiva y participación en fondos comunes de inversión
- Cláusula antielusión
La misma plantea un tiempo de permanencia mínima de los activos en el patrimonio para acceder a las exenciones de Bienes Personales, que deberá ser del 75% de la cantidad de días al año.
Condiciones
Por otra parte, se incorporan una serie de condiciones para gozar de exenciones "de forma tal de asegurar que su tenencia no se corresponda con maniobras destinadas a ahuecar su base imponible".
Si las personas físicas domiciliadas en el país y las sucesiones indivisas radicadas en el mismo hubieran adquirido los bienes e instrumentos o efectuado los depósitos, las exenciones solo regirán en la medida en que dichos activos permanezcan en su patrimonio 75% de los días en forma continua o discontinua del año calendario correspondiente al período fiscal por el que se declaran.
Dicha limitación, asímismo, no resultará de aplicación para aquellas adquisiciones o depósitos realizados dentro de ese plazo pero que se hubieran efectuado con fondos y resultados derivados de esos mismos bienes o depósitos.
En caso de no cumplir el período de permanencia mínimo de los activos en su patrimonio, las exenciones resultarán de aplicación solo si esos bienes o depósitos permanecen de forma continuada en ese mismo destino, al menos desde el 1º de diciembre del período fiscal de que se trata hasta el 31 de mayo del año siguiente, inclusive.
Por último, se encuentran exentos de Bienes Personales sin las limitaciones previas los depósitos en pesos en cajas de ahorro de ingresos sujetos a deducciones en Ganancias (impuestos y tasas sobre bienes, primas de seguros, pérdidas extraordinarias por caso fortuito o fuerza mayor, pérdidas originadas por delitos contra los bienes de explotación, gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones, y amortizaciones por desgaste, agotamiento u obsolescencia y las pérdidas por desuso).
El mismo criterio se aplicará a las colocaciones de ingresos de monotributistas. "Con el claro objetivo de no afectar los intereses de los pequeños y las pequeñas ahorristas, se han tomado los recaudos necesarios para que las limitaciones establecidas al goce de las exenciones no sean aplicables a los depósitos en cajas de ahorro cuyos ingresos estén originados, entre otros, en el salario, jubilaciones, trabajo autónomo y monotributistas".