Durísimo análisis de PwC sobre el cepo al dólar y las medidas que tomó el Gobierno: esto advierten
Una de las cuatro consultoras más grandes del mundo en auditoría financiera, PwC, publicó un informe que fue lapidario respecto a la Argentina y a las medidas tomadas de profundización del cepo cambiario por el Gobierno.
De hecho, uno de sus capítulos se denomina "Control de cambios, sin control".
En el análisis que se realiza de las medidas oficiales de restringir la compra de dólares a las empresas, PwC sostiene que "el estado de incertidumbre es abrumador".
Asimismo, crítica duramente a las entidades oficiales que intervienen en las operatorias cambiarias, al afirmar que "pareciera darse una absoluta contradicción entre BCRA y la CNV", y enfatiza que mucha información es incompleta.
También desliza que "la comunidad de negocios está necesitada de aclaraciones" para saber cómo cada empresa podrá refinanciar sus deudas. Datos que "cuando no tardan en llegar, dan parte de ausente", afirma.
En este marco, enfatiza que en una situación de crisis económica, "sin importar el sujeto o contexto, las medidas tienen siempre dos sentidos bien diferenciados: aumento del ingreso y disminución de la salida" de divisas.
En cuanto a los límites para la salida de divisas, sostiene que cuanto más se cierre este aspecto, más condicionará al ingreso de dólares.
Y que la profundización mayor del cepo cambiario "tiene un resultado inevitable: la ´corporatiofagia´, palabra de nuestra creación que aduce a la imposibilidad prolongada de que las compañías puedan desarrollar sus negocios", detalla PwC.
Análisis sobre el cepo al dólar en empresas
Esto se enmarca en un informe al que tuvo acceso iProfesional en el que analiza el denominado impacto de la "nueva batería de medidas" del Banco Central del pasado 15 de septiembre, a través de la Comunicación "A" 7105 y 7106.
A estas nuevas regulaciones, PwC las categoriza en tres grandes grupos: operaciones en el país en dólares; operaciones con títulos valor; y endeudamientos financieros con el exterior.
En relación con el primer punto de las operaciones en el país en dólares, "se solicita a las entidades financieras que, previo a la apertura de una cuenta en moneda extranjera, se verifique por medio de documentación respaldatoria si el cliente posee activos o ingresos que permitan inferir razonablemente su capacidad de ahorro en moneda extranjera", detalla el informe.
Y completa: "Para el caso de cuentas preexistentes, se solicita que similares controles de forma previa a la acreditación de nuevos importes, excepto que estos provengan del exterior".
Además, menciona que se establece que los consumos que se realizaron en el exterior con tarjeta de débito en pesos y consumos en tarjeta de crédito desde el primer día hábil de septiembre, serán deducidos del cupo máximo de atesoramiento u$s200.
En cuanto a las operaciones con títulos valor, PwC sostiene que las "buenas noticias se limitan a la eliminación del plazo de tenencia en cartera de los títulos comprados con moneda extranjera pudiendo, a partir de ahora, venderlos (sin plazo de espera) contra moneda local o dólares".
Para agregar que en "sentido contrario", se impide que los no residentes vendan en el país títulos valores con liquidación en moneda extranjera y que las transacciones de títulos valores concertadas en el exterior y los títulos valores adquiridos puedan ser liquidados contra en pesos en el país.
Al respecto dice que "aún cuando existen ciertas dudas en torno al primer impedimento, sobre el segundo, el estado de incertidumbre es abrumador. A la indefinición por parte del BCRA de conceptos tales como ´concertación´, o ´lugar de adquisición´, se suma que al mismo tiempo que se publicaba esta norma, la Comisión Nacional de Valores (CNV), emitía la Resolución Control de Cambios, sin control".
En la misma se detiene donde la CNV señala en su resolución que: "Los Valores Negociables acreditados en el Agente Depositario Central de Valores Negociables, provenientes de entidades depositarias del exterior (…) no podrán ser aplicados a la liquidación de operaciones en moneda nacional hasta tanto hayan transcurrido quince (15) días hábiles desde la citada acreditación en la/s subcuenta/s en el custodio local".
Sobre este párrafo, PwC sentencia: "De esta forma, pareciera darse una absoluta contradicción entre BCRA y la CNV ya que la operación que refiere esta última: ´bonos provenientes del exterior, liquidados contra pesos´, no podrían sino considerarse como bonos ´adquiridos en el exterior´, de los que el primero asegura que no pueden ser liquidados contra la moneda nacional".
De ello surgen, por parte de PwC, tres posibles interpretaciones: el primero, "es el impedimento que señala en BCRA sólo opera para operaciones cursadas por entidades financieras".
Lo segundo es que el impedimento "no aplica para las operaciones donde se realiza una transferencia del título valor desde el exterior al país".
Y finalmente, detalla el informe que el BCRA y la CNV están "desconectados y regulan en contraposición".
Para concluir: "Aún cuando podríamos inclinarnos hacia la validez de la segunda interpretación, se esperan aclaraciones de los organismos de contralor, sobre todo del BCRA a quien, a las claras, la regulación sobre el mercado bursátil le queda visiblemente más incómoda. Endeudamientos financieros con el exterior".
También cuestiona la falta de detalle y explicitación para los distintos casos y situaciones de las compañías, debido a que en la norma que refiere a las empresas que poseen deudas financieras con el exterior, con vencimientos de capital entre el 15/10/2020 y el 31/03/2021, respecto a que deberán presentar al Banco Central un plan de refinanciación.
En el mismo se indica que se podrán mantener los vencimientos originales por hasta el 40% del monto de la deuda, siempre que el 60% restante sea refinanciado con un nuevo endeudamiento de una vida promedio de 2 años.
En este punto, PwC afirma que "los olvidos son muchos" de la norma, debido a que faltan detalles y explicaciones del alcance a los distintos actores económicos del sector privado.