COMUNICACIÓN A 6869

BCRA flexibiliza cepo: podrán girar dólares al exterior las empresas que ingresen divisas al país

El Banco Central suavizó el control cambiario para girar utilidades en dólares a precio oficial y sin impuesto del 30%. Cuáles son las condiciones
FINANZAS - 17 de Enero, 2020

El directorio del Banco Central flexibilizó el jueves el cepo al dólar para algunas empresas y habilitó el giro de utilidades de compañías al exterior en dólares a precio oficial y sin el impuesto "solidario" del 30 por ciento.

La medida permite que las compañías podrán girar dividendos por un monto de hasta el 30% de lo que invirtió, siempre que la inversión realizada desde este viernes se haya liquidado en el mercado.

Según la Comunicación "A" 6869 del organismo, los bancos "podrán dar acceso al mercado de cambios para girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos a accionistas no residentes", sin la conformidad previa del BCRA en la medida que las utilidades "correspondan a balances cerrados y auditados".

La comunicación de la autoridad monetaria advirtió que los casos que "no encuadren" en los términos de la circular "requerirán la conformidad previa para acceder al mercado de cambios para el giro al exterior de divisas".

Asimismo, el monto total abonado por este concepto a accionistas no residentes, incluido el pago cuyo curso se está solicitando, no puede superar el monto en moneda local que les corresponda según la distribución determinada por la asamblea de accionistas.

"La entidad deberá contar con una declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa residente o un apoderado con facultades suficientes para asumir este compromiso en nombre de la misma", aclaró el BCRA en la comunicación.

El BCRA detalló que el cliente deberá presentar la documentación que avale la capitalización definitiva del aporte.

"En caso de no disponerla, deberá presentar constancia del inicio del trámite de inscripción ante el Registro Público de Comercio de la decisión de capitalización definitiva de los aportes de capital computados de acuerdo a los requisitos legales correspondientes y presentar la documentación de la capitalización definitiva del aporte dentro de los 365 días corridos desde el inicio del trámite", señaló.

Desde que el Gobierno impuso el impuesto del 30% a la compra de divisas, las empresas tenían vedado el acceso al mercado oficial y por eso muchas compañías acudían a operaciones de bolsa mediante el contado con liquidación.

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