EXPECTATIVA

Renta Financiera: reglamentan este viernes las modificaciones

Este decreto reglamenta la Ley de Impuesto a las Ganancia y la vigencia sería para todo 2018. La AFIP publicaría las resoluciones en enero
FINANZAS - 20 de Diciembre, 2018

Desde el Gobierno publicarán mañana el último decreto reglamentario pendiente del Impuesto a la Renta Financiera. 

Este decreto reglamenta la Ley de Impuesto a las Ganancia y el tema es el de la vigencia que sería para todo 2018, lo que dará un fuerte golpe a los mercados.

Es que a mediados de 2019 los individuos deberán tributar el Impuesto a las Ganancias por la renta derivada este año de plazos fijos, acciones que no coticen, bonos, cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión y acciones que cotizan en el exterior, según informa El Cronista.

Roberto Condoleo, tributarista de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), precisó que la reforma impositiva fue aprobada en diciembre del 2017, por lo cual gran parte de la normativa entra en vigencia este año.

Sin embargo, el reglamento comenzará a regir mañana, lo que según Condoleo permite dos interpretaciones:

-Tratándose de impuesto de ejercicio aplicar el nuevo reglamento para todas las operaciones que se efectuaron durante el mismo, que es por lo que habría optado el Gobierno.

-Que no todas las operaciones tengan el mismo tratamiento, para algunas aplican el nuevo proyecto y para otras no; por ejemplo, el valor de inmuebles adjudicados en fideicomiso en que el fiduciante es el beneficiario, con fecha anterior (el nuevo dice valor de plaza, en el actual se adjudicó a valor de costo).

Este decreto viene con algunas demoras. Precisamente, la semana pasada el funcionario que tuvo que pensar el gravamen, Andrés Edelstein, renunció a su cargo de secretario de Ingresos Públicos, según se dijo, por cuestiones personales. Esto provocó especulaciones sobre posibles desacoples a la hora de darle el toque final a un impuesto que hasta el momento le trajo más dolores de cabeza que soluciones al Gobierno.

Y eso además alentó rumores de que la Casa Rosada podría decidir no aplicarlo.

No obstante, a Dujovne le quedan 8 días hábiles para publicar en el Boletín Oficial el decreto reglamentario.

Luego de ello, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se tomará algunos días más para publicar la resolución correspondiente, que es en definitiva lo que más interesa a contadores y entidades financieras, porque con eso se determina los mecanismos para el pago.

En la AFIP señalan que esa parte de la instrumentación se publicará en los primeros días de enero de 2019.

En la reforma fiscal que se aprobó en 2017, de la cual Edelstein fue el principal responsable, se tuvo que agregar el Impuesto a la Renta Financiera para conseguir los votos de parte del peronismo en la Cámara de Diputados, aunque en la versión original no estaba.

Se trata de un tributo que conceptualmente se desaconseja porque desalienta a las inversiones y el ahorro. Los que están a favor, en cambio, dicen que todo tipo de operaciones financieras constituye maniobras especulativas de personas que ganan dinero sin producir. El otro supuesto es que las rentas financieras son enormes. Pero en realidad, hay tributaristas que estiman que su recaudación no podrá superar los $32.000 millones al año, una cifra baja si se compara con los $97.000 millones que produjo solo en noviembre el IVA.

Una parte de ese tributo se puso en marcha en el primer semestre del año, informó AmbitoFinanciero.

Fue para las inversiones de los no residentes. La AFIP informó oportunamente que el gravamen había aportado $2.500 millones. Incluía a las Lebac y otro tipo de inversiones. La aplicación del impuesto desató la estampida contra los bonos argentinos a fines de marzo, cuando los extranjeros decidieron abandonar esa posiciones, comprar dólares y volar hacia la calidad de los mercados centrales.

Todo eso ocurrió en momentos en que se complicaba el escenario mundial debido a que la Reserva Federal comenzaba a subir la tasa de interés de su bono de 10 años y la Argentina se iba quedando sin crédito.

El Impuesto a la Renta Financiera tendrá una alícuota del 5% para inversiones en pesos, y del 15% para las inversiones en dólares, o colocaciones ajustables por Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) o por Unidad de Valor de Adquisición (UVA).

Hay cierto tipo de operaciones, como las colocaciones a plazo fijo, donde claramente los bancos podrán actuar como agentes de retención. Pero entre los profesionales de las ciencias económicas se presentaba la duda sobre los casos de inversores más sofisticados, que pueden tener una cartera de colocaciones. Se puede dar el caso que en algunas hayan ganado y que haya perdido en otras. Para eso casos, algunos tributaristas piensan que se debería presentar una Declaración Jurada.

Estarán exentas la rentabilidad de las acciones de empresas argentinas. En esos casos, las ganancias obtenidas en las cuotaparte de los Fondos Comunes de Inversión (FCI) que tengan una composición de 70% de papeles privados locales, no pagarán el impuesto.

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