Aumento salarial en heladerías: cuánto cobra un trabajador de Rapanui, Cadore o Freddo
En el marco del último acuerdo paritario, la conducción de la Federación Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros dio a conocer la nueva escala salarial de diciembre para el personal de las heladerías como Rapanui, Cadore y Freddo, entre otras.
La mejora pactada con los representantes del la Asociación Fabricantes Artesanales de Helados y Afines (AFAHA) consiste en una suba salarial del 11,45 por ciento para los meses de noviembre, diciembre, enero y febrero y beneficia a los trabajadoras y trabajadoras bajo el convenio colectivo de trabajo 273/96.
Heladerías: un incremento de sueldo fraccionado en cuatro cuotas
Según informó la organización gremial, el incremento del 11,45 por ciento se pagará de la siguiente forma:
- En noviembre se liquidó un 3%
- En diciembre, 3,09%
- En enero, 3,18%
- En febrero, 2,18%
El secretario general de la Federación de Pasteleros, Luis Hlebowicz, sostuvo que "de esta forma sostenemos el poder adquisitivo en la actividad, con cierta previsibilidad tanto para el trabajador como para el sector empresario".
Las subas se abonan bajo la calificación de asignación no remunerativa desde noviembre a enero, en tanto que en febrero se incorporará el 11,45 por ciento al salario básico para todas las categorías. Asimismo, detallaron que resultarán computables para el cálculo de vacaciones, horas extraordinarias, sueldo anual complementario y premios y conceptos convencionales que se calculen sobre el salario básico (antigüedad, etc.). Los conceptos que se calculen sobre el importe no remunerativo pactado tendrán la misma naturaleza.
Heladerías: cómo quedó la escala salarial de diciembre
Categoría Básicos Mensuales Asignación no Remunerativa
Maestro Heladero $ 1.313.560 $ 79.996
Oficial Heladero y/o Mantenimiento $ 1.174.978 $ 71.556
Medio Oficial y/o Camarista $ 1.004.344 $ 61.165
Ayudante Heladero $ 922.229 $ 56.164
Peón Ayudante Heladero $ 910.370 $ 55.442
Peón Limpieza $ 867.629 $ 52.839
Sereno $ 867.629 $ 52.839
Cajero y/o Adicionista $ 1.010.750 $ 61.555
Dependiente de Mostrador $ 885.646 $ 53.936
Dependiente de Salón $ 1.059.515 $ 64.524
Chofer Repartidor $ 991.572 $ 60.387
Repartidor a Domicilio $ 867.629 $ 52.839
Peón Carga y Descarga y Lavacopas $ 867.629 $ 52.839
Encargado $ 1.261.460 $ 76.823
Hlebowicz indicó que "hasta el momento veníamos llevando adelante negociaciones trimestrales o bimestrales, en periodos cortos, como en la mayoría de las actividades, para que el trabajador y la trabajadora tenga una recomposición que les permita afrontar la pérdida de poder adquisitivo".
Cómo se liquida la antigüedad y otros beneficios
Sin embargo, detalló que "en esta oportunidad acordaron cerrar un aumento cuatrimestral, sin dejar de controlar el proceso inflacionario que, debemos admitir, está a la baja". Se estima que las partes volverán a reunirse entre fines de febrero y principios de marzo para terminar con las mejoras de la paritaria 2024-2025.
En cuanto al adicional por antigüedad, el artículo 40 establece que todo el personal involucrado en dicha convención colectiva de trabajo, que cuente con una antigüedad de dos años como mínimo, gozará de la siguiente escala de aumento por antigüedad sobre los básicos de convenio.
- De 2 a 5 años: 3%
- De 5 a 10 años: 8%
- De 10 a 15 años: 13%
- De 15 a 20 años: 15%
- De 20 a 25 años: 18%
- De 25 años en adelante: 24%
En el artículo 42, indica que "el período de vacaciones para el personal comprendido dentro del presente convenio colectivo, será regulado de acuerdo con las leyes vigentes ampliándose el periodo legal que corresponda a cada trabajador en 3 (tres) días más a partir de aquel que le correspondan los 14 (catorce) días ordinarios de licencia".
En cuanto al artículo 70 sobre el adicional por zona fría, apunta que "el personal que se desempeña en establecimientos situados en las provincias de Río Negro y Neuquén percibirá un adicional mensual del 12,5 por ciento. Y el personal que desarrolla tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego percibirá un adicional del 25 por ciento sobre el salario básico de la categoría en el cual preste servicios. Los trabajadores percibirán en forma proporcional la Asignación establecida, cuando la prestación de servicios cumplida en el periodo de pago correspondiente fuere inferior a la jornada convencional".