• 26/12/2024

Cómo serán las multas que empezarán a cobrar Edesur y Edenor: cronograma, criterios y montos

La medida tuvo su origen en una resolución que el ENRE dio a conocer en febrero y que en un principio iba a comenzar a regir a partir del 2 de septiembre
22/08/2024 - 20:10hs
Cómo serán las multas que empezarán a cobrar Edesur y Edenor: cronograma, criterios y montos

Cerca de un millón de usuarios podrán ser objeto de multas por parte de las distribuidoras Edenor y Edesur a partir de octubre, en el inicio de un cronograma gradual que terminará de aplicarse en su totalidad desde diciembre del año que viene.

Los recargos en las facturas -inicialmente para los gastos comunes de edificios y complejos habitaciones-, así como el calendario en el que se irán incrementando de manera progresiva, están contemplados en la resolución 544/2024 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y se aplicarán a los usuarios que no se adapten al nuevo factor de potencia de 0,95 (el actual es de 0,85) que entrará efectivamente en vigencia en poco más de sesenta días, cuando comiencen a llegar las facturas con los consumos de octubre.

La medida tuvo su origen en la resolución 85/2024 que el ENRE dio a conocer en febrero y que en un principio iba a comenzar a regir a partir del 2 de septiembre, pero se dispuso una postergación de un mes.

Las autoridades y las propias distribuidoras "fueron viendo que no era tan simple la implementación", confió a iProfesional Rafael Caputo, gerente de Producto, Control y Protección de ABB, quien indico que "no es tan fácil medir los desvíos (respecto del nuevo factor de potencia) y los proveedores no darían abasto para hacer todo tan de golpe".

Caputo se refiere al esfuerzo económico y logístico que implicaría tener disponible casi un millón de nuevos tableros capacitores eléctricos, así como el personal técnico habilitado para la instalación de cada uno de ellos en los edificios de la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano.

La adaptación del sistema eléctrico del AMBA -el área más poblada y de mayor consumo de energía eléctrica de la Argentina- apunta a poner a la región en igualdad de condiciones con el resto del país, donde el factor 0,95 rige hace varios años, al igual que en la mayoría de los países desarrollados.

El riesgo de continuar con el factor de 0,85 fue explicado a iProfesional por fuentes de Edenor, quienes advirtieron que "existen maquinarias con elevados consumos de energía reactiva, situación que conviene ser corregida, ya que produce una excesiva circulación de corriente eléctrica en sus propias instalaciones, así como en las redes del sistema de distribución de energía, disminuyendo su capacidad de transporte".

"Esta situación provoca, además, disminuciones de tensión que afectan al funcionamiento y rendimiento de sus artefactos eléctricos", agregaron, al tiempo que explicaron que "lo que se busca con la resolución ENRE es aprovechar mejor el rendimiento de la red.

Pese a que la modificación fue oficializada en una resolución de hace ya seis meses, la falta de una campaña de información al respecto hizo que el tema no sea de conocimiento general, al punto que no se conocen casos de consorcios de propietarios que hayan considerado el asunto en una asamblea.

Por tal razón, iProfesional detalla los principales aspectos de una medida que, en sus diferentes etapas, llevará por lo menos dos años para su implementación total y que representará cambios significativos en la vida cotidiana de consorcios y, en una etapa posterior, cada familia como usuaria individual.

Consumo de electricidad por el usuario: qué es el factor de potencia

Un usuario consume energía activa (por ejemplo, iluminación, TV, computadoras, cargadores de celulares, etc) que se mide y se factura en kilovatios, pero también energía reactiva (magnetismo producido por el uso de motores, como lavarropas, heladeras, ascensores, equipos de riego, bombas de agua, etc.). El factor de potencia es la relación entre ambos tipos de energía y surge de un cálculo que se conoce como "coseno (fi)".

Cuanto más cercano a 1 es el factor de potencia, el sistema es más seguro, eficiente y sustentable, lo que permite no solo prevenir colapsos ante picos de demanda sino también importantes ahorros para cada usuario que, sumados, derivan en ventajas económicas a nivel nacional, como menor necesidad de importación de combustibles e incluso la generación de saldos exportables.

Desde la privatización de SEGBA en 1992, el factor de potencia mínimo exigido en el AMBA es de 0,85, un nivel que no fue modificado a pesar de la tendencia en contrario en el resto del país y el mundo.

Para alcanzar el factor 0,95, se requiere la instalación de nuevos tableros capacitores en los edificios, a un costo que varía según el tamaño del consorcio, pero se estima a razón de u$s100 por departamento.

A qué población abarca la medida

Según la resolución 522/24 del ENRE, los usuarios que no cumplen en la actualidad con el mínimo de factor de potencia 0,95 son 969.739, de los cuales 267.261 ni siquiera alcanzan el mínimo de 0,85.

A partir de cuándo se cobran las multas

El 2 de octubre se comenzará con el cobro de recargos, aunque la resolución 544/24 no es lo suficientemente clara al señalar que las distribuidoras "podrán" cobrarlos, dando a entender que la penalización es voluntaria.

Las multas serán de aplicación gradual y a partir de la fecha mencionada se "podrá" cobrar el 30% del recargo correspondiente; desde el 1° de mayo de 2025 se elevará al 60% y, finalmente, a partir del 1° de diciembre del año próximo se cobrará el recargo completo.

Cómo se hará el cálculo de los recargos

En el anexo de la resolución 544 se indica que por cada kwh consumido se pagará 1,5% más por cada centésimo de diferencia con el coseno (fi) de 0,95. Si hasta ahora se exigía 0,85, los 10 centésimos de diferencia implicarían un recargo del 15% por kwh.

"Una vez que detectan eso, llegará la factura (del consorcio en general, en una primera etapa no será a los usuarios individuales) y avisarán que cuentan con 60 días para corregir la situación", detalló Caputo, para añadir que, si transcurrido ese lapso no se corrige la anomalía, "van a cobrar aún más caro, aunque no se aclara cuánto".

De todos modos, las multas tienen un tope del 40% y se espera que, a medida que el nuevo esquema entre en funcionamiento, los consorcios irán instalando paulatinamente los nuevos capacitores, con lo que el inconveniente quedará solucionado.

A qué se destinará la recaudación

Lo recaudado por los recargos cobrados por las distribuidoras a usuarios que no lleguen a cumplir con el factor 0,95, pero que estén con un nivel de 0,85 o más, conformará un fideicomiso destinado a financiar el Programa de Medición Inteligente (PMI) para en un futuro cambiar los actuales medidores analógicos por otros digitales de control online, con información más detallada que permitirá discriminar los consumos del edificio -y en una etapa posterior, de cada departamento- y así facilitar las estrategias de ahorro.

En el caso de usuarios que tengan un factor de potencia inferior a 0,85, lo recaudado por la diferencia hasta ese nivel quedará en poder de las distribuidoras. Asimismo, si llegase a haber usuarios con un factor de 0,60 o menos, estarán facultadas a cortar el servicio de manera preventiva.

Qué sucederá en una segunda etapa

Una vez completado el cronograma (si se cumplen con los objetivos de la resolución 544, a mediados de 2026), las distribuidoras podrán avanzar con la medición inteligente por departamento, mediante la instalación de los nuevos medidores inteligentes que permitirán discriminar la energía activa y la reactiva.

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