• 5/11/2024

Los administradores de consorcios deberán mandar los comprobantes de los gastos junto con las expensas

Entró en vigencia la disposición que obliga a los administradores a mandar un acceso a los comprobantes que respalden los gastos informados
02/08/2024 - 12:10hs
Los administradores de consorcios deberán mandar los comprobantes de los gastos junto con las expensas

Desde el 1° de agosto de 2024, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha implementado una nueva disposición que exige a los administradores de consorcios habilitar el acceso a los comprobantes de gastos incluidos en la liquidación de expensas. Este cambio es significativo, ya que anteriormente no era obligatorio enviar mensualmente todos los comprobantes, y era el copropietario quien debía solicitarlos.

A partir de ahora, cualquier gasto generado por el administrador deberá estar respaldado por un ticket o factura que demuestre el pago realizado. Esto evita la posibilidad de declarar gastos no efectuados. Los administradores deben incluir en el nuevo resumen de expensas un ítem denominado "comprobantes respaldatorios", donde se podrá consignar un código QR o un enlace web a una carpeta con las imágenes escaneadas de dichos comprobantes.

El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, explicó que esta medida busca proporcionar a los vecinos un acceso claro y sencillo a la información sobre en qué se gasta el dinero destinado a las expensas. Según Macri, esto es parte de un esfuerzo mayor para lograr un orden más transparente en la ciudad.

Además, la nueva reglamentación requiere que se incluya un enlace a la página de la AFIP (https://www.afip.gob.ar/aportesenlinea/), permitiendo a los copropietarios verificar si el administrador ha cumplido con el pago de los aportes de la seguridad social de los empleados del consorcio. La consulta puede realizarse utilizando el CUIL del empleado o el DNI y el nombre de la persona.

César Torres, secretario de Gobierno y Vínculo Ciudadano, destacó el papel de Defensa al Consumidor en brindar asesoramiento y recibir denuncias por incumplimientos a la Ley 941, que regula la actividad de los administradores de consorcios en la Ciudad de Buenos Aires. Esta ley prevé instancias de conciliación para resolver de manera ágil y cercana los requerimientos planteados por los vecinos.

Expensas: ¿qué información debe incluirse obligatoriamente?

La información obligatoria que debe incluirse en el resumen de expensas abarca:

  • Datos del consorcio y el administrador.
  • Remuneraciones al personal y aportes.
  • Pagos por suministros, servicios, abonos y seguros.
  • Estado financiero.
  • Resumen de movimientos bancarios.
  • Estado patrimonial.
  • Datos de juicios.
  • Recibo de pago.
  • Enlace a los comprobantes que respalden los gastos.
  • Enlace a la AFIP (https://www.afip.gob.ar/aportesenlinea/).

Durante el primer semestre de 2024, se registraron 1.249 denuncias contra administradores de consorcios en la Ciudad de Buenos Aires. La principal problemática denunciada fue la falta de acceso a la documentación del consorcio, representando el 18.2% del total de los casos. Le siguieron el desconocimiento por parte del administrador de la ejecución de las medidas adoptadas por la asamblea de propietarios y la falta de actualización de los libros obligatorios del edificio. Las irregularidades en la convocatoria a asambleas y la falta de información en la liquidación de expensas completan las cinco principales problemáticas denunciadas.

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