• 7/9/2024

Primer fallo contra la vuelta del impuesto a las Ganancias: este gremio no deberá pagarlo

De este modo, un grupo de trabajadores quedará exento del tributo hasta que se resuelva la cautelar. Los argumentos del sindicato
25/07/2024 - 16:26hs
Primer fallo contra la vuelta del impuesto a las Ganancias: este gremio no deberá pagarlo

La jueza local, María Victoria Baccin, hizo lugar este jueves a la presentación de un gremio de empleados estatales que rechazaron la restitución del impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría. De este modo, este sindicato quedará exento de abonar el tributo hasta que se resuelva la medida cautelar.

Se trata de la primera decisión de esta índole contra la reglamentación que el Gobierno puso en marcha de manera oficial el pasado lunes y que hoy terminó de reglamentar la AFIP.

Primer fallo por la vuelta del impuesto a las Ganancias: gremio salió beneficiado

La agrupación sindical que salió beneficiada en este primer caso fue la que aglutina a los trabajadores estatales de la provincia de Neuquén, que consiguieron esta medida cautelar, luego de que la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) local hiciera el reclamo correspondiente.

Tras el reclamo de ATE seccional Neuquén, los estatales de esa provincia no pagarán impuesto a las Ganancias.
Tras el reclamo de ATE seccional Neuquén, los estatales de esa provincia no pagarán impuesto a las Ganancias.

Según indicaron, los trabajadores del sector verían "afectados grave e irreparablemente, en forma totalmente arbitraria e ilícita" los derechos de los trabajadores. Por otro lado, insistieron en la urgencia porque "el Estado Provincial debe liquidar los salarios de los trabajadores próximamente y que aquellos sufrirán un gravísimo menoscabo".

Desde el gobierno provincial, destacaron que "los empleados públicos de la provincia de Neuquén no se encuentran en igualdad de condiciones que los del resto del país en base a altos costos de vivir en la Patagonia".

AFIP reglamentó Ganancias: qué sueldos se verán afectados

La AFIP reglamentó las modificaciones en el impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia.

Según informaron desde el organismo, la norma prevé que los cambios se aplican desde los haberes devengados y percibidos de julio en adelante, es decir, que los salarios hasta junio no van a ser afectados de manera retroactiva.

"Esta actualización adecua la normativa de la AFIP, a la reciente aprobación de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes aprobada por el Congreso nacional, que procura mejorar la equidad del sistema impositivo", señaló la AFIP.

"En ese sentido, la norma fue diagramada para que la modificación del impuesto a las Ganancias no afecte a los salarios que ya habían percibido los trabajadores antes de que la ley cambiara, inclusive si lo cobraron después", agregó el documento.

Es decir, a los trabajadores que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, se les aplicarán la norma anterior. En cambio, los haberes que se devenguen desde el 1 de julio en adelante, quedarán sujetos a la nueva Resolución General. Este tratamiento si bien cambia la regla habitual de retener el impuesto según el momento en que se cobra, lo hace para beneficiar al trabajador.

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