• 7/9/2024

El Gobierno habilitó a los clubes a transformarse en sociedades anónimas deportivas

La Inspección General de Justicia emitió hoy una resolución que estableció una serie de desregulaciones y flexibilizaciones de trámites
16/07/2024 - 09:23hs
El Gobierno habilitó a los clubes a transformarse en sociedades anónimas deportivas

El Gobierno avanza en la apertura del fútbol al ingreso de capitales privados, al autorizar la transformación de los clubes en sociedades anónimas y permitir el ingreso de asociaciones civiles y fundaciones como accionistas. 

En efecto, la Inspección General de Justicia emitió hoy una resolución que estableció una serie de desregulaciones y flexibilizaciones de trámites, entre las cuales precisó los alcances de dos artículos del decreto 70 que habilitó las Sociedades Anónimas Deportivas.

Cuál es la norma que habilitó a los clubes a transformarse en SA

"Que, atento a lo dispuesto en los artículos 346 y 347 del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70/2023 (...) debe aceptarse la participación de las asociaciones civiles y fundaciones como accionistas en sociedades anónimas y la transformación de las asociaciones civiles en sociedades anónimas; así como simplificarse la inscripción de entidades de bien común constituidas en el extranjero para el desarrollo de su actividad en la República Argentina", estableció la flamante norma.

Ambos artículos de DNU 70, firmado en el inicio del gobierno de Javier Milei para iniciar la apertura de la economía, establecieron la autorización para que los clubes, de manera voluntaria, puedan recibir aportes de capitales privados y el ingreso de empresas al gerenciamiento de las entidades del fútbol, señala Infobae.

El Gobierno habilitó a los clubes a transformarse en sociedades anónimas
El Gobierno habilitó a los clubes a transformarse en sociedades anónimas

Los artículos mencionados establecen que "las sociedades anónimas y en comandita por acciones solo pueden formar parte de sociedades por acciones y de responsabilidad limitada; las asociaciones y entidades sin fines de lucro sólo pueden formar parte de sociedades anónimas; podrán ser parte de cualquier contrato asociativo", como así también que "cuando se tratare de sociedades comerciales, acuerdo unánime de los socios, salvo pacto en contrario a lo dispuesto para algunos tipos societarios. Cuando se tratare de asociación civil que se transformare en sociedad comercial o resolviera ser socia de sociedades anónimas, voto de los dos tercios de los asociados".

Son dos ítems que modificaron la Ley General de Sociedades, con el objetivo de definir de manera específica que cualquier modificación del funcionamiento o composición de la entidad será de manera voluntaria de los socios.

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