• 15/11/2024

Empleados de Comercio: se confirman dos sumas extras que se pagarán en junio para todas las categorías

Así lo confirmó la FAECyS. Ambas sumas se adjuntarán a las liquidaciones con aumento del 7% definidas en la última revisión paritaria
Por L.C.
21/05/2024 - 11:07hs
Empleados de Comercio: se confirman dos sumas extras que se pagarán en junio para todas las categorías

Los empleados de comercio que hayan trabajado el miércoles 1 de mayo y/o el sábado 25 de mayo recibirán en junio 2024 dos pagos adicionales junto con su salario mensual, incrementado en un 7%. Estos pagos se efectuarán conforme a la legislación vigente sobre días feriados establecida en la Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos (N° 27.399).

La Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744) regula el tratamiento de los feriados en sus artículos 166 y 167.

Según esta normativa, un feriado es una fecha vinculada a su origen histórico o religioso, y durante estos días rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Específicamente, la ley establece que los trabajadores que no reciban la remuneración correspondiente durante los feriados nacionales deberán percibir el salario correspondiente a estos días, incluso si coinciden con un domingo.

Pago de Feriados en Junio 2024

Según la legislación laboral vigente, los empleados de comercio que hayan prestado servicios el 1 y/o el 25 de mayo recibirán, además de la remuneración regular por los días laborables, un monto adicional equivalente a una jornada normal. Este pago adicional se calcula como si fuera una hora extra, remunerada al 100%.

Para llevar a cabo esta operación, primero es necesario determinar el valor de la jornada normal de trabajo. Este cálculo se realiza de la siguiente manera:

Valor de la Jornada Normal=Suma de todos los haberes remunerativos30 

Empleados de Comercio: se confirman dos sumas extras que se pagarán en junio para todas las categorías
Empleados de Comercio: se confirman dos sumas extras que se pagarán en junio para todas las categorías

Ejemplo de Cálculo

Consideremos el caso de un empleado administrativo con los siguientes detalles salariales:

  • Sueldo básico: $ 445.901,45
  • Antigüedad (10% del básico): $ 44.590,15
  • Asistencia y Puntualidad (básico + antigüedad/12): $ 40.874,30

Para calcular el valor de una jornada normal:

Valor por jornada normal=Sueldo básico + Antigüedad + Asistencia y Puntualidad30

En números:

Valor por jornada normal=445.901,45+44.590,15+40.874,3030=17.712,19

Por lo tanto, el pago adicional por cada feriado trabajado será de $17.712,19.

 Ambas sumas se adjuntarán a las liquidaciones con aumento del 7% definidas en la última revisión paritaria
Ambas sumas se adjuntarán a las liquidaciones con aumento del 7% definidas en la última revisión paritaria

Marco legal y procedimientos de pago

La Ley de Establecimiento de Feriados y Fines de Semana Largos (N° 27.399) establece las fechas de los feriados nacionales y los fines de semana largos en Argentina. Esta ley tiene como objetivo promover el turismo interno y el descanso de los trabajadores. En este contexto, el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo refuerza la obligación de pagar los días feriados trabajados como horas extras.

El artículo 167 amplía que en los días feriados nacionales se aplican las mismas normas que en los días de descanso dominical. Esto implica que los empleados que no trabajen durante los feriados recibirán igualmente su salario habitual. Sin embargo, aquellos que sí trabajen, como en el caso de los empleados de comercio el 1 y 25 de mayo, recibirán un pago adicional.

Los empleadores deberán incluir estos pagos adicionales en la liquidación salarial de junio 2024. El cálculo de estos pagos debe realizarse con precisión para asegurar el cumplimiento de la normativa laboral vigente y evitar posibles sanciones.

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