• 24/11/2024

Jubilados y pensionados: cómo designar a un apoderado en ANSES

Para el cobro, los beneficiarios pueden elegir como apoderado no solo a una persona física sino también a una entidad pública de cualquier orden
13/05/2024 - 14:14hs
Jubilados y pensionados: cómo designar a un apoderado en ANSES

Jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado para tramitar o percibir su prestación en su nombre. Para ello, deben tener sus datos y los de su grupo familiar registrados y actualizados en mi ANSES, y luego solicitar un turno para concurrir con DNI a la oficina más cercana a su domicilio.

En ese sentido, pueden ser apoderados cónyuge, conviviente previsional, madre o padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra, padrastro, suegro, hijastro, cuñado. Asimismo, puede nombrarse un representante especial por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.

Para el cobro pueden elegir también como apoderado a una entidad pública nacional, provincial o municipal; mutuales e instituciones de asistencia social; así como abogados y procuradores.

Apoderado para trámites

Podés designar como apoderado a un:

  • Familiar: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra/padrastro, suegro, hijastro, cuñado.
  • Tutor o curador.
  • Abogado o gestor registrado en ANSES.
  • Representante diplomático o consular.
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Jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado para tramitar o percibir su prestación en su nombre

Apoderado para cobro

Podés designar como apoderado para cobro a:

  • Familiares: cónyuge, conviviente previsional, madre/padre, abuelo, bisabuelo, hijos, nietos, bisnietos, tíos, primos, hermanos, sobrinos, yernos, nueras, madrastra/padrastro, suegro, hijastros, cuñados.
  • Un banco para cobro de la jubilación o pensión si residís en el exterior: el banco debe contar con la opción "giro al exterior". Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A., Banco Comafi S.A. y Banco Macro BMA
  • Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales.
  • Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados (para personas internadas en la institución).
  • Representantes especiales por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.
  • Mutuales e instituciones de asistencia social.
  • Abogados y procuradores con poder certificado ante escribano.

Requisitos

Para nombrar a una persona o entidad como apoderada o representante, tiene que ser mayor de 18 años. Si es menor, debe estar emancipado.

Documentación

La documentación a presentar varía según el caso:

  • Familiar: DNI y documentación que acredite parentesco.
  • Conviviente previsional: tenés que tener acreditada la relación como conviviente previsional.
  • Banco: Carta Poder (PS 6.4) firmado y sellado por autoridad bancaria.
  • Tutor/Abrigo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del tutor como representante legal del menor.
  • Curador/Apoyo: sentencia judicial original y copia donde surja el nombramiento del curador y en la misma se otorgue autorización para el cobro de jubilaciones o pensiones.
  • Abogado: credencial vigente.

Cómo realizar el trámite

Para designar un apoderado, el beneficiario debe seguir estos pasos:

1- Reunir la documentación requerida según corresponda a cada situación y al tipo de poder que quiera solicitar.

2- Sacar turno: para realizar este trámite debe acercarse, con turno previo, a una oficina de ANSES.

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