Empleados de comercio: cuánto cobrará en mayo cada categoría
Representantes de la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (Udeca), acordaron con el gremio de empleados de comercio un aumento de sueldo trimestral para el período que va desde marzo a mayo.
Por lo pronto, durante este mes se cobra una suma fija de 40.000 pesos correspondiente a marzo (algunas empresas ya lo abonaron) y luego se percibirá un 8 por ciento por abril. En mayo, habrá un 7 por ciento de incremento. Estos porcentajes están sujetos a revisión en función del aumento de los precios y del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
La Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) especificó que estos aumentos no serán vinculantes para los acuerdos salariales en la ciudad de Río Grande, en Tierra del Fuego.
Empleados de comercio: cuánto cobrará cada categoría
De este modo, así quedarán conformados los salarios de abril por categoría:
Maestranza
- Maestranza A: $655.522,00
- Maestranza B: $657.420,00
- Maestranza C: $664.068,00
Administrativos
- Administración A: $662.645,00
- Administración B: $665.497,00
- Administración C: $668.345,00
- Administración D: $676.894,00
- Administración E: $684.017,00
- Administración F: $694.466,00
Cajeros
- Cajeros A: $665.019,00
- Cajeros B: $668.345,00
- Cajeros C: $672.620,00
Personal auxiliar
- Personal Auxiliar A: $665.019,00
- Personal Auxiliar B: $669.768,00
- Personal Auxiliar C: $685.442,00
- Auxiliar Especializado A: $665.019,00
- Auxiliar Especializado B: $679.268,00
Vendedores
- Vendedor A: $665.019,00
- Vendedor B: $679.270,00
- Vendedor C: $684.017,00
- Vendedor D: $694.466,00
En cuanto a los adicionales de convenio, estos son algunos de los casos:
- Armado de vidriedras: $17.506,48
- Cajeros A y C: $54.818,60
- Cajeros B: $21.5873,68
De esta manera, los empleados de comercio aglutinados en las categorías "Administración F" y "Vendedor D" son los que más cobrarán en abril.
Cuál es el plazo para el pago de los $40.000
El acta del acuerdo establece que la suma adicional no remunerativa será abonada durante el mes de abril 2024, por lo que se puede cobrar en cualquier momento del mes.
El acuerdo establece el plazo de pago de esta suma para el mes de abril, pero no especifica un período devengado que defina el derecho a cobrar total o parcialmente esta cantidad.
Según lo comunicado por la FAECyS, parece que el período que otorga este derecho sería marzo, aunque esto no quedó claro en el acuerdo.
Además, se indica que la suma debe liquidarse en el recibo de sueldos como "Suma compensatoria abril 2024".
Considerando la información proporcionada por la FAECyS en el acuerdo y el hecho de que la revisión salarial prevista para marzo no se realizó, esta suma parece estar vinculada a ese período. Por lo tanto, el derecho a percibir esta suma en abril o no, parece estar ligado a ese período, considera Ignacio Online.
Así, los empleados de comercio cobrarán en abril un adicional no remunerativo de $40.000, no se sumarán adicionales, de $1.400 de sindicato y OSECAC, para un afiliado a esta obra social que trabaja jornada completa, mientras que el empleador pagará la ART.