Cuánta plata puedo invertir en un plazo fijo para no tener problemas con la AFIP
Desde que el Banco Central comenzó a implementar la baja progresiva de la tasa de interés, la dinámica de salida de depósitos de plazos fijo se agravó. A esto se suma que el plazo mínimo para que los bancos informen a la AFIP se ubica en $400.000, por lo cual la gran mayoría de los depósitos son comunicados al ente recaudador.
¿Cuánto dinero se puede poner en plazo fijo sin declarar?: la justificación de los fondos
El banco es quien debe enviar información a la AFIP sobre nuestro plazo fijo cuando este sea igual o superior a 400.000 pesos. Y será la misma entidad financiera la que determine si es necesario solicitar una justificación de los fondos. En caso de que necesite esta información, generalmente lo hará a través de correo electrónico, solicitando la presentación de documentación respaldatoria que sustente las transacciones realizadas.
Entre los documentos más habituales se encuentran facturas emitidas en los últimos 6 meses, recibos de sueldo, comprobantes de haberes jubilatorios y certificados de ingresos emitidos por contadores públicos.
Mediante esta disposición, las entidades financieras deberán dar cuenta a la AFIP de los movimientos cuando el monto total acumulado de las acreditaciones o extracciones mensuales en moneda argentina o extranjera resulte igual o superior a $400.000. También deberán informar los saldos de las cuentas alcanzadas por la norma que al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes -en valores absolutos- a $ 400.000.
Plazo fijo: qué pasa si supera el límite establecido por la AFIP
Es importante destacar que existe un límite de $400.000 mensuales acumulados, por debajo del cual el banco no está obligado a informar a la AFIP. Sin embargo, si la suma total de los depósitos a plazo constituidos durante un mes alcanza o supera los $400.000, las entidades financieras deberán informarlo a la AFIP.
De acuerdo con esta disposición, las entidades financieras deben informar a la AFIP sobre los movimientos si el monto acumulado de acreditaciones o extracciones mensuales en moneda argentina o extranjera alcanza o supera los $400.000. Además, deben reportar los saldos de las cuentas que, al finalizar el período mensual informado, sean iguales o superiores a $400.000 en valores absolutos.