• 21/12/2024

AFIP: cuánto se paga de aportes y ART por empleadas domésticas en abril 2024

El que contrata a una empleada de casa particular debe pagar las cargas que se encuentran previstas por las escalas que establece el organismo
Por S.A.
20/04/2024 - 11:53hs
AFIP: cuánto se paga de aportes y ART por empleadas domésticas en abril 2024

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores que se deben contemplar como aportes y contribuciones de las empleadas domésticas en abril de 2024.

La información sobre los aportes ante AFIP está disponible en la página oficial del organismo y puede ser abonada de forma mensual. Realizar estos pagos permite que la empleada doméstica acceda a derechos esenciales, como la cobertura de la obra social para ella y su familia, la jubilación para su retiro laboral y el seguro contra accidentes de trabajo en caso de que estos ocurran.

Quien contrata a una empleada debe pagar las cargas que se encuentran previstas por escalas y los establece el organismo de ingresos públicos. Los aportes deben ser afrontados por el trabajador, mientras que las contribuciones y la ART son abonadas por el empleador.

  • Si la empleada trabaja menos de 12 horas semanales, el total de contribuciones a la AFIP es de $3.214,18 ($523,94 corresponde a aportes, $ 184,94 a las contribuciones y $ 2.505,30 a la ART).
  • Si se desempeña más de 12 horas semanales y menos de 16 se debe abonar un total de $5.083,11 ($970,88 corresponden a aportes, $369,79 a contribuciones y $3.742,44 a la ART).
  • En tanto, si trabaja más de 16 horas, se debe erogar un total de $12.531,15 ($6.457,26 de aportes, $539,38 de contribuciones y $5.534,51 de ART).
 

Paso a paso, cómo registrar a una empleada doméstica

El trámite para el registro del empleo doméstico se puede hacer vía web, es gratuito y sencillo. A continuación, el paso a paso a seguir:

  • 1- Obtener la clave fiscal. El trámite para registrar al empleo doméstico se realiza a través de Internet, para lo cual, el empleador debe contar con la clave fiscal. Si no se cuenta con una, se podrá gestionar a través de la página de la AFIP.
  • 2- En la página de AFIP, se debe ingresar en la pestaña "Acceso con clave Fiscal". Luego, cargar los datos de la empleada doméstica. Se debe ingresar su número de CUIL y cliquear en el botón "Buscar" para que traiga, de manera automática, los datos asociados que tiene la AFIP.
 
En la pantalla siguiente se mostrarán los datos de la trabajadora doméstica y se deberán completar los campos que figuran debajo.
  • 3- El siguiente paso consiste en ingresar el domicilio de la empleada. Si la trabajadora ya tenía declarada su dirección en la base de datos de la AFIP, se podrá seleccionar en el desplegable que aparece en pantalla. De no ser así, se deberá ingresar su nuevo domicilio.
  • 4- Luego se avanza al apartado de datos del trabajo doméstico. En esta pantalla hay que describir las características de la relación laboral:

  • Tipo de trabajo.
  • Cantidad de horas semanales.
  • Modalidad de liquidación.
  • Remuneración.
  • Modalidad de trabajo.
  • Fecha de ingreso.
  • Si el trabajo es temporal o fijo.
  • 5- A continuación se deben detallar los datos del domicilio laboral de la empleada doméstica. Se trata del domicilio donde la trabajadora realizará las tareas para las cuales fue contratada.

Se puede seleccionar un domicilio de la lista (domicilios laborales ya dados de alta por el mismo empleador) o ingresar uno nuevo.

 
 
  • 6- A continuación viene la pantalla de confirmación de datos del empleo doméstico registrado. La pantalla muestra toda la información que fue cargada en los pasos anteriores para que sean verificados. Se puede confirmar o modificar si hiciera falta.
  • 7- Por último, se tramita la finalización del alta del empleo doméstico. Al confirmar los datos, el sistema muestra la pantalla de alta exitosa con los pasos obligatorios a seguir: descargar constancia de alta y pagar ART.
 
    • Constancia de alta. Es el documento que prueba la relación laboral del empleo doméstico. Se debe descargar, imprimir y entregarle una copia firmada a la empleada. Este documento lo necesitará para verificar su registro, acceder a la obra social, entre otros trámites
    • Pagar la ART. Una vez que se tiene el alta, habrá que pagar la primera cuota de la ART para tener cubierto el mes por adelantado. Luego se hará junto al pago de los aportes y contribuciones mensuales. En caso de no optar por una ART al comienzo de la relación laboral, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo le asignará de oficio a la empleada una ART autorizada.
  • 8- También se puede anular el alta del registro de la empleada doméstica. Se puede hacer hasta las 12 de la noche del día de su registro. Durante ese tiempo va a aparecer la opción "Anular" dentro de la tarjeta de esa trabajadora en el inicio. Pasada esa hora el trámite es presencial.

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