Reforma tributaria: así quedarán las escalas del monotributo con el nuevo proyecto del Gobierno
En el texto de proyecto reforma tributaria que trascendió este jueves, el Gobierno propone, entre otras cosas, un aumento en los parámetros y cuotas del Monotributo y se obliga la exhibición en las facturas de los impuestos que integran el precio de los bienes y servicios comercializados.
En cuanto al Régimen Simplificado (monotributo), se propone aumentar el precio unitario de los bienes que se permiten comercializar bajo la inscripción del Monotributo, proponiéndose llevar ese valor a $385.000.
Otro artículo sustituye los parámetros de ingresos/facturación y los montos de los alquileres devengados anualmente, para las diferentes categorías de encuadre de los contribuyentes. Con el desajuste que existe actualmente, en los valores de alquileres anuales vigentes y la variación de los niveles de inflación los importes que facturan los contribuyentes, el precio unitario de las mercaderías y los alquileres que abonan por los locales comerciales expulsan a muchos contribuyentes del Régimen Simplificado.
Los nuevos valores que se proponen en el proyecto:
En la medida que no se superen los parámetros de superficie, de energía consumida y de los alquileres, los que realizan venta de bienes podrán permanecer en el Régimen Simplificado, con los siguientes niveles de facturación:
Pero además de aumentarse los parámetros de ingresos, de precio unitario y de alquileres, el proyecto propone incrementar el valor de las mensualidades que se pagan por el Monotributo:
El aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) iba a ser de $9.800 para la categoría "A", e irá aumentando un 10% en las sucesivas categorías, respecto del monto de la categoría inmediata inferior.
El aporte al Sistema Nacional de Salud será de $13.800 para las categorías "A" hasta la "C". Para las demás categorías el monto ascenderá a los siguientes valores:
Se propone reemplazar el índice de actualización, pasando del índice previsional al índice de precios al consumidor (IPC), para el ajuste anual de los parámetros de facturación, de alquileres; el precio unitario de venta y la cuota total de todos los componentes. Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo a modificar los valores monetarios del régimen cuando lo aconseje la situación económica.