Aumento salarial en heladerías: a cuánto se van los sueldos básicos para el personal de Rapanui, Cadore y Freddo
El consejo directivo de la Federación Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros consiguió un nuevo aumento salarial para los trabajadores y trabajadoras de la rama heladería, del 32 por ciento en los haberes de febrero y marzo (es decir, se pagarán en marzo y abril). De esta forma, los salarios promedio rondarán los 650.000 pesos, con un tope apenas arriba de 1.000.000 de pesos.
El secretario general del Sindicato de Pasteleros, Luis Hlebowicz, explicó que, en el marco de la revisión de la paritaria, se acordó la mejora con la representación de la Asociación Fabricantes Artesanales de Helados y Afines (AFAHA), una mejora en los ingresos para el personal de todas las categorías bajo el convenio colectivo de trabajo 273/96.
Asimismo, planteó que "venimos llevando adelante negociaciones trimestrales o bimestrales, en periodos cortos, como en la mayoría de las actividades, para que el trabajador y la trabajadora tenga una recomposición que les permita afrontar la pérdida de poder adquisitivo".
Cómo se aplican los porcentajes: beneficios por antigüedad
El dirigente explicó que en febrero se incorporará en el salario básico lo no remunerativo de enero y se abonará una nueva asignación no remunerativa del 16 por ciento sobre los ingresos de febrero. Dicha situación se repetirá nuevamente en marzo, mientras que en abril se incorporarán ambas sumas como remunerativas. Esta modalidad la viene aplicando el gremio con las distintas ramas del sector y le viene permitiendo despejar cualquier fantasma de conflicto.
En cuanto al adicional por antigüedad, el artículo 40 establece que todo el personal involucrado en dicha convención colectiva de trabajo, que cuente con una antigüedad de dos años como mínimo, gozará de la siguiente escala de aumento por antigüedad sobre los básicos de convenio.
- De 2 a 5 años: 3%
- De 5 a 10 años: 8%
- De 10 a 15 años: 13%
- De 15 a 20 años: 15%
- De 20 a 25 años: 18%
- De 25 años en adelante: 24%
Liquidación de vacaciones y plus por "zona fría"
En el artículo 42, indica que "el período de vacaciones para el personal comprendido dentro del presente Convenio Colectivo de Trabajo, será regulado de acuerdo con las leyes vigentes ampliándose el periodo legal que corresponda a cada trabajador en 3 (tres) días más a partir de aquel que le correspondan los 14 (catorce) días ordinarios de licencia".
En cuanto al artículo 70 sobre el adicional por zona fría, apunta que "el personal que se desempeña en establecimientos situados en las provincias de Río Negro y Neuquén percibirá un adicional mensual del 12,5 por ciento. Y el personal que desarrolla tareas en las provincias de Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego percibirá un adicional del 25 por ciento sobre el salario básico de la categoría en el cual preste servicios. Los trabajadores percibirán en forma proporcional la Asignación establecida, cuando la prestación de servicios cumplida en el periodo de pago correspondiente fuere inferior a la jornada convencional".
Una vez liquidadas todas las subas, las escalas salarios básicos de abril serán, sin ningún tipo de adicional, las siguientes.
Categorías Salarios Básicos
Maestro Heladero $1.005.481
Oficial Heladero y/o mantenimiento $ 899.402
Medio oficial y/o Camarista $ 768.788
Ayudante heladero $ 705.931
Peón Ayudante heladero $ 696.854
Peón limpieza $ 664.137
Sereno $ 664.137
Cajero y/o adicionista $ 773.691
Dependiente de mostrador $ 677.929
Dependiente de salón $ 811.019
Chofer repartidor $ 759.011
Repartidor a domicilio $ 664.137
Peón carga y descarga y lavacopas $ 664.137
Encargado $ 965.600
Empleado administrativo $ 732.694