Cómo tramitar la pensión por fallecimiento de un trabajador: requisitos y documentación
En medio de una situación dolorosa, como es el fallecimiento de un familiar, hay cuestiones administrativas que se deben contemplar, ya que el Estado busca "garantizar un acompañamiento económico al familiar de un trabajador fallecido". En el caso de jubilados, se puede tramitar una pensión, pero ¿qué pasa si la persona muere antes de la edad de retiro o sin tramitar la jubilación?
Desde ANSES detallan que el/la cónyuge, conviviente o hijos del trabajador fallecido pueden tramitar la pensión por fallecimiento de un trabajador, si cumplen con los requisitos que detallaremos a continuación.
Cómo tramitar la pensión por fallecimiento en ANSES
Vale aclarar que este trámite puede ser realizado por familiares de un trabajador en relación de dependencia, autónomo o monotributista; y que es gratuito. Dentro del grupo de beneficiarios están:
- Cónyuge: debe presentar la partida de casamiento actualizada, posterior a la fecha de fallecimiento del trabajador/a.
- Conviviente: se debe acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo es de 2 años.
- Hijo: ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del trabajador fallecido.
Requisitos sobre el pasado laboral del trabajador fallecido
- Tener 30 años de aportes para el régimen común.
- Como aportante regular: haber aportado 30 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- Como aportante irregular, hay dos situaciones contempladas:
- Haber aportado 18 meses o más dentro de los últimos 36 meses antes de su fallecimiento.
- Haber aportado 12 meses dentro de los últimos 60 meses antes de su fallecimiento y tener la mitad del total de años exigidos por el régimen común o diferencial. En caso de no cumplir con este requisito como solicitante podés completar los años de aportes, computando servicios regularizados por alguna de las Moratorias Previsionales.
¿Qué documentos piden para gestionar dicha pensión?
Se debe corroborar que el fallecimiento del trabajador esté acreditado en mi ANSES. Según quién solicite este beneficio debe presentar los siguientes documentos:
- Cónyuge o conviviente: DNI y formularios PS.6.284 y PS.6.9.
- Hijo huérfano: original y copia de tutoría o curatela.
- Hijos incapacitados para trabajar: original y copia de certificado de alumno regular, estudios, diagnósticos y certificados médicos que acrediten la incapacidad a la fecha del fallecimiento del trabajador. Formularios PS.6.9, PS.6.12 y PS.6.13.
Mientras que, del trabajador fallecido, se debe presentar la siguiente documentación según su situación laboral:
- En relación de dependencia: Formularios PS.6.2, PS.6.1 y PS.5.7. Si se desempeñó como personal de casas particulares, además, se deberá presentar: recibos de sueldos, ticket de aportes, Declaración Jurada Régimen Especial.
- Trabajador autónomo: Formularios 558/A, 558/B y 558/C de AFIP. Originales y copias de los pagos autónomos y monotributistas.
Al mismo tiempo, desde ANSES explican que si los aportes no fueron registrados, lo que se debe hacer es reunir la documentación que pruebe los períodos trabajados. Estos son: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social y/o declaración jurada que acredite los servicios prestados por el trabajador fallecido.
¿Cómo se tramita la pensión?
- Se debe ingresar en mi ANSES con CUIL y clave de la Seguridad Social.
- Corroborar que la información personal sea correcta y que los vínculos familiares estén registrados y actualizados.
- Solicitar turno para realizar este trámite de manera presencial en una oficina de ANSES.