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Empleados de Comercio: cuánta plata recibirán en septiembre con la última suba de sueldo

Estas subas se cerraron con el acuerdo que el gremio encabezado por Armando Cavalieri tuvo con las cámaras del sector y que fue homologado por el Gobierno
Por A.L.
ECONOMÍA - 09 de Septiembre, 2024

Los empleados de Comercio, que están nucleados en la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), cobran en septiembre un aumento de sueldo, correspondiente al último incremento.

Se trata de una suba acordaba por el gremio que representa a los empleados de comercio en junio, y que se dividió en tres partes: un 5% en junio de 2024, calculado sobre los básicos convencionales de junio de 2024 más las sumas no remunerativas a dicha fecha; un 4.5% en julio de 2024, y un 4% en agosto de 2024, todos calculados sobre la misma base.

Luego de confirmar en la resolución de la 1901/24 de la Secretaría de Trabajo de la Nación, la organización sindical que preside Armando Cavalieri detalló que en la nueva escala, con el sueldo de agosto, en septiembre un maestranza tendrá un salario inicial a partir de agosto de $792.241, un administrativo llegará a $800.850 y un cajero cobrará $803.719.

Estas subas de sueldo se cerraron con el acuerdo que el gremio encabezado por Armando Cavalieri tuvo con las cámaras del sector y que fue homologado por el Gobierno.

Empleados de comercio: cuánto cobran en septiembre con el último aumento de sueldo

Los montos que cobrarán en total los empleados de comercio en septiembre, basados en el aumento del 4% de agosto, serán los siguientes: 

Maestranza 

  • Categoría A: $792.241
  • Categoría B: $794.535
  • Categoría C: $802.570

Administrativos

  • Categoría A: $800.850
  • Categoría B: $804.296
  • Categoría C: $807.738
  • Categoría D: $818.071
  • Categoría E: $826.679
  • Categoría F: $839.307

Cajeros

  • Categoría A: $803.719
  • Categoría B: $807.738
  • Categoría C: $812.904

Auxiliares

  • Categoría A: $803.719
  • Categoría B: $809.458
  • Categoría C: $828.401

Auxiliares especiales

  • Categoría A: $810.609
  • Categoría B: $820.940

Vendedores

  • Categoría A: $803.719
  • Categoría B: $820.942
  • Categoría C: $826.679
  • Categoría D: $839.307

En cuanto a la antigüedad, es del 1 por ciento por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas.

A esas cifras se le deben agregar los adicionales que le corresponda cobrar al empleado de comercio, como el adicional por manejo de caja, el presentismo, etc. 

En cuanto al adicional por antigüedad, el mismo es del 1 por ciento por año trabajado y deberá aplicarse a las cifras remunerativas y no remunerativas; en tanto que para el presentismo, las cifras remunerativas y no remunerativas deberán ser aumentadas con la asignación complementaria establecida por el artículo 40 del convenio colectivo 130/75 de empleados de comercio.

Respecto del adicional por manejo de caja, es un complemento remuneratorio, fijado porcentualmente, según las funciones asignadas al cajero. Este adicional se calcula sobre el sueldo inicial. Los cajeros tienen ese adicional por CCT Nº 130/75, que en las escalas salariales figura como monto anual, no remunerativo, y se abona por trimestre vencido, o sea, esa suma se divide por 4, y se liquida trimestralmente.

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