• 22/11/2024

¿Cuál es el monto máximo que puede tenerse en la tarjeta de débito sin pagar impuestos?

Las entidades bancarias están obligadas a informarle a la AFIP los movimientos efectuadas de una cuenta a partir del depósito de cierta cantidad de dinero
02/12/2023 - 21:44hs
¿Cuál es el monto máximo que puede tenerse en la tarjeta de débito sin pagar impuestos?

Aquellas personas que tengan un trabajo informal o que realicen alguna changa durante el mes recibirán cierta suma de dinero de forma esporádica o mensual. Las razones por las cuales uno puede recibir dinero en su homebanking son varias, pero pocos conocen que existe un límite de dinero que se puede tener en una tarjeta de débito sin tener que pagar impuestos.

¿A qué se debe esto? Lo cierto es que todas las entidades bancarias están obligadas a informarle a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) los movimientos y las transacciones efectuadas de una cuenta a partir del depósito de cierta cantidad de dinero. La medida también incluye acreditaciones, extracciones, saldos de cuentas y depósitos en plazo fijo.

¿Cuál es la cifra máxima que se puede tener en la tarjeta de débito?

Hasta el año pasado la cifra máxima para tener en una tarjeta de débito sin pagar impuestos era de $90.000, aunque la AFIP -en abril de este año- aumentó el monto a $200.000.

En caso de superarse dicho monto, la AFIP le pedirá a la entidad bancaria que solicite la documentación para justificar los movimientos del contribuyente, los cuales pueden hacerse presentando facturas, recibos de sueldo, recibido de haberes jubilatorios o un certificado de ingresos emitido por un contador público.

No obstante, la cuenta no podrá ser congelada, aunque si se pueden iniciar acciones legales sobre el contribuyente.

La modificación de AFIP también rige para las billeteras virtuales, que deben informar los movimientos de más de $120.000

A través de la Resolución 4298, la AFIP explica que las entidades bancarias comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones, deberán informar:

  • Las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes calendario, respecto de la nómina de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, así como cualquier otro tipo de cuenta que dicha autoridad establezca en el futuro, constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.
  • Los consumos con tarjetas de débito en el exterior, realizados por el titular y/o adicionales.
  • Las cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial, ya sea que se cobren mediante la acreditación en cuenta, transferencia bancaria o en efectivo por ventanilla.
  • Los datos identificatorios de los sujetos intervinientes en las operaciones aludidas en los incisos precedentes.
  • Tarjetas de débito: la AFIP aumentó el monto máximo sin declarar impuestos

Actualización de montos

Sin embargo, el Artículo 2° de la Resolución General 5348/2023 de la AFIP estableció la actualización de los montos y "modificar la Resolución General Nº 4.298, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación":

  • Sustituir en los incisos b), c), d) y e) del artículo 2°, la expresión "NOVENTA MIL PESOS ($ 90.000.-)." por la expresión "DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000.-).".
  • Sustituir en el inciso f) del artículo 2°, la expresión "TREINTA MIL PESOS ($ 30.000.-)" por la expresión "CIENTO VEINTE MIL PESOS ($ 120.000.-)".
  • Sustituir en el punto 1. del segundo párrafo del artículo 3°, la expresión "PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-)" por la expresión "PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-)".
  • Sustituir en el punto 2. del segundo párrafo del artículo 3°, la expresión "PESOS NOVENTA MIL ($ 90.000.-)." por la expresión "PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-).".
  • Sustituir en el punto 2.4. del artículo 5°, la expresión "PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000.-)" por la expresión "PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.-)".

La modificación de AFIP también rige para las billeteras virtuales, las cuales deben informar de sus movimientos a la entidad en caso de que los ingresos o egresos mensuales sean de $120.000 o más, y cuando al último día hábil del mes la persona tenga $200.000 o más en la cuenta.

Temas relacionados